Decreto 223/2014

Fecha de publicación06 Marzo 2014
Fecha de disposición26 Febrero 2014
SecciónDecretos
Número de Gaceta32840



MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto223/2014Danse por prorrogadas designaciones.

Bs. As., 26/2/2014

VISTO el Expediente Nº S04:0041697/2013 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la prórroga de diversas designaciones transitorias efectuadas en distintas áreas de su jurisdicción, toda vez que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al referido Ministerio.

Que el artículo 6° del Decreto Nº 601/02 establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.

Que el personal involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el citado artículo 6° del Decreto Nº 601/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que a los efectos de implementar las prórrogas de las designaciones transitorias detalladas en el Anexo II del presente decreto, resulta necesario disponer las mismas con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso a los niveles escalafonarios correspondientes, establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del citado Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Danse por prorrogadas, a partir de las...

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