DECRETO 492 / 2021 DECRETO de 3 de Marzo de 2021

Fecha de Entrada en Vigor19 de Marzo de 2021
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2021
Número de Boletín29941
Fecha de Publicación18 de Marzo de 2021
Número de documento80951

DECRETO N° 492/3 (ME), del 03/03/2021.

EXPEDIENTE N° 694/36-C-2020 y agdo con copias de los EXPTES N° 2465/360-020 y N° 2357/360-2019 (7 CUERPOS),

VISTO las presentes actuaciones por las cuales se tramita el Recurso de Alzada presentado por el señor Juan Antonio Corres, en contra de la Resolución de Intervención N° 890/20 del 28/9/2020 emitida por el señor Interventor de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia (C.P.A) -Fs. 31/35 del Expte. N° 2465/360-2020 que se adjunta en copias-, y

CONSIDERANDO:

Que el recurso fue interpuesto dentro del plazo que establece el artículo 68° de la Ley N° 4.537, por lo que su tratamiento en esta instancia es formalmente procedente.

Que por Resolución N° 890/20 del 28/9/2020 se rechaza el Recurso de Reconsideración interpuesto en contra de la Resolución de Intervención N° 351/20 del 21/4/2020 (Fs. 1197/1234 del Expte. N° 2357/360-2019 adjuntado en copias), por la cual se concluye el sumario administrativo ordenado por Resolución N° 1177/19 de fecha 20/9/2019 (fs. 125/126 del expediente N° 2357/360-2019) y se aplica al agente la sanción de treinta días de suspensión prevista en el artículo 136 inciso c) del Estatuto para el Personal de la Caja Popular de Ahorros (E.P.C.P.A.)

Que el sumario administrativo se instruyó como consecuencia del resultado de una auditoría externa practicada en el ámbito de la Caja Popular de Ahorros, para contar con información certera sobre la realidad fiscal de las concesionarias de quinielas en ejercicio de explotación de dicho juego de azar. De su informe surgieron observaciones en las condiciones fiscales de las agencias y sub- agencias, con la consecuente detección de retenciones no realizadas, lo que determinó una deuda de los concesionarios de quinielas y, agentes de telekino y juegos menores en la suma de $352.104.300,81, por lo que en el sumario se deslindarían las responsabilidades en razón de las obligaciones que le caben a la Caja Popular de Ahorros (C.P.A.), como agentes de retención ante los organismos recaudadores.

Que se agravia el recurrente, en escrito que corre agregado a Fs. 1/9 y 39/47 de las presentes actuaciones, a...

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