Decreto 185/2014

Fecha de la disposición12 de Febrero de 2014



ASIGNACIONES FAMILIARES

Decreto185/2014Asignación por ayuda escolar anual. Montos.

Bs. As., 12/2/2014

VISTO las Leyes Nros. 24.714, sus modificatorias y 26.206 y los Decretos Nros. 1245 de fecha 1° de noviembre de 1996 y sus modificatorios, 256 de fecha 9 de marzo de 1998, 337 de fecha 29 de febrero de 2008, 614 de fecha 30 de mayo de 2013 y su modificatorio 1282 de fecha 29 de agosto de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente Decreto se propicia el aumento de la asignación familiar por ayuda escolar anual.

Que la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias en su artículo 10 establece que la asignación por ayuda escolar anual consistirá en el pago de una suma de dinero que se hará efectiva en el mes de marzo de cada año.

Que la asignación familiar por ayuda escolar anual se liquida a los trabajadores en relación de dependencia, a los titulares de derecho de la Ley de Riesgos del Trabajo, de la Prestación por Desempleo y del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Que el objetivo de la asignación familiar por ayuda escolar anual es contribuir con los gastos que se realizan con motivo del inicio del ciclo lectivo de los niños, niñas y adolescentes a establecimientos de educación inicial, primaria y secundaria establecidos en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206; como así también los que se generan como consecuencia de la concurrencia de aquellos alumnos con necesidades educativas especiales que concurren a establecimientos de gestión oficial o privada donde se imparte dicha modalidad.

Que es política de gobierno garantizar el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, evitando la deserción escolar.

Que para ello el ESTADO NACIONAL adopta las medidas necesarias, a los efectos de asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades.

Que por los motivos expuestos resulta necesario elevar el monto de la asignación familiar por ayuda escolar anual.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado por el artículo 19 de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias para determinar la cuantía de las asignaciones familiares.

Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 19 de la Ley Nº 24.714 y sus...

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