Decreto 112/2014

Fecha de disposición30 Enero 2014
Fecha de publicación05 Febrero 2014
SecciónDecretos
Número de Gaceta32821



JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto112/2014Dase por promovido Administrador Gubernamental.

Bs. As., 30/1/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0079552/2010 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nros. 2098 de fecha 30 de diciembre de 1987, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 22 de fecha 10 de diciembre de 2011, y la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 127 de fecha 18 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° del Escalafón para el Cuerpo de Administradores Gubernamentales normado en el Anexo II del Decreto Nº 2098 de fecha 30 de diciembre de 1987 establece que el cuadro anual de promociones debe concluirse indefectiblemente antes del día 15 de diciembre de cada año.

Que, en consecuencia, corresponde establecer el cuadro de promociones a la Clase A del Escalafón para el Cuerpo de Administradores Gubernamentales para el año 2010.

Que corresponde promocionar a los Administradores Gubernamentales que reúnen los requisitos establecidos en el Título III: Cuadro de Promociones, del Anexo I de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 127 de fecha 18 de marzo de 2002.

Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el Decreto Nº 22 de fecha 10 de diciembre de 2011 dispuso la directa dependencia del Cuerpo de Administradores Gubernamentales respecto de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que dicha Jurisdicción propicia la promoción de Clase de aquellos Administradores Gubernamentales que han cumplido los requisitos de permanencia, puntaje y capacitación establecidos por la normativa vigente para los integrantes del Cuerpo de Administradores Gubernamentales.

Que se cuenta con crédito suficiente en las partidas específicas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para hacer frente a la erogación que demande la presente medida.

Que ha tomado intervención en las citadas actuaciones, la COORDINACION GENERAL DEL CUERPO DE ADMINISTRADORES GUBERNAMENTALES de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR