Decreto 44/2014

Fecha de la disposición14 de Enero de 2014



PERSONAL MILITAR

Decreto44/2014Nómbrase como Agregado Aeronáutico a la Embajada Argentina en los Estados Unidos de América.

Bs. As., 14/1/2014

VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Estado Nacional y la FUERZA AEREA ARGENTINA - F.A.A., mantener las Agregadurías Aeronáuticas en el exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las Fuerzas Aéreas del Continente.

Que es necesario proceder al relevo de Personal Militar Superior de la F.A.A., que cumple funciones en el exterior como Agregado Aeronáutico.

Que la medida que se propone encuadra en atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y el Artículo 10 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Nómbrase como Agregado Aeronáutico a la EMBAJADA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, al Comodoro D. Eduardo Luis MINGORANCE (E.Air. 4446 - D.N.I. N° 13.129.567).

Art. 2°

— Otórgase carácter de permanente a la presente comisión, la que tendrá una duración de SETECIENTOS TREINTA (730) días a partir de la firma del presente Decreto.

Art. 3°

— La DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DE LA JEFATURA DE ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA, procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

Art. 4°

— Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputarán a las siguientes partidas:

45 - 23 - 16 - 1 - 1 - 1 - 11 - 3 - 2 - 1,

45 - 23 - 16 - 1 - 1 - 4 - 11 - 3 - 2 - 1,

45 - 23 - 16 - 1 - 4 - 0 - 11 - 3 - 2 - 1,

45 - 23 - 16 - 1 - 1 - 3 - 11 - 3 - 2 - 1,

45 - 23 - 16 - 1 - 5 - 9 - 11 - 3 - 2 - 1 y

45 - 23 - 16 - 3 - 7 - 1 - 11 - 0 - 2 - 1, del Ejercicio Presupuestario 2014 y equivalentes para ejercicios venideros.

Art. 5°

— Por la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgará el pasaporte correspondiente.

Art. 6°

— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman. — Agustín O. Rossi.

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