Decreto 2131/2013

Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2013



ACUERDOS

Decreto2131/2013Apruébase el Acuerdo sobre cumplimiento de las recomendaciones formuladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Bs. As., 11/12/2013

VISTO el Expediente N° S04:0039415/2013 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y

CONSIDERANDO:

Que la REPUBLICA ARGENTINA es Estado Parte de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, la cual posee Jerarquía Constitucional.

Que con fecha 11 de junio de 2003 la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) recibió una denuncia contra el Estado Argentino relacionada con las destituciones de las doctoras Adriana GALLO, Ana María CAREAGA y Silvia MALUF DE CHRISTIN de sus cargos de juezas de la provincia de SAN LUIS ocurridas el 6 de noviembre de 1998, el 17 de diciembre de 1998 y el 1° de noviembre de 2002, respectivamente, en la que se alegaba la violación de los derechos consagrados en los artículos 9, 8.1, 8.2, 13 y 25 respectivamente, en relación con el artículo 1.1. de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.

Que el 27 de julio de 2007 la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) declaró admisible el caso al emitir el Informe de Admisibilidad N° 65/07.

Que el 17 de julio de 2012 la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) adoptó el Informe de Fondo N° 72/12 de conformidad con lo previsto por el artículo 50 de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS a través del cual efectuó recomendaciones que el Estado Argentino debía cumplir en virtud de haber considerado violados los derechos de las peticionarias reconocidos por los artículos 8, 9, 13 y 25 en relación con los artículos 1.1 y 2 de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.

Que a raíz de dichas recomendaciones se celebraron una serie de reuniones entre las peticionarias y representantes del Estado Nacional que culminaron en un “ACUERDO SOBRE CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES FORMULADAS POR LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN EL INFORME N° 72/12 ADOPTADO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTICULO 50 DE LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS EN EL CASO N° 12.632 (ADRIANA GALLO, ANA MARIA CAREAGA Y SILVIA MALUF DE CHRISTIN)” que, en copia autenticada, obra como Anexo del presente Decreto, en el cual las partes convienen constituir un Tribunal Arbitral “ad-hoc” que decidirá las reparaciones que correspondan por los daños sufridos por las peticionarias en los términos del referido Acuerdo.

Que se dejó constancia...

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