Decreto 1824/2013

Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2013



REPRESENTACIONES CONSULARES

Decreto1824/2013Recategorización de Sección Consular. Estado de Israel.

Bs. As., 14/11/2013

VISTO el Expediente Nº 44.341/2011 del Registro del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adecuar las circunscripciones consulares argentinas a las necesidades de servicio que se requieren en determinadas jurisdicciones.

Que la dinámica de trabajo consular en las ciudades con mayor concentración de trámites y población de nacionales, genera la necesidad de dotar a las oficinas acreditadas en las mismas de la relevancia institucional inherente a la importancia funcional de cada una de ellas.

Que un Consulado General de la República en el ESTADO DE ISRAEL representará un importante elemento de jerarquización de las relaciones bilaterales argentino-israelíes y servirá para tener un mayor grado de presencia en la REPUBLICA DE CHIPRE.

Que la presente medida al disponer la recategorización de la Sección Consular de la Embajada de la República en el ESTADO DE ISRAEL pretende dotar a la Oficina Consular en la Ciudad de Tel Aviv de la autonomía institucional que la función consular requiere para la atención de los trámites de los ciudadanos argentinos, como así también para el tratamiento con autoridades de la jurisdicción.

Que el Consulado General de la República en la Ciudad de Tel Aviv, ESTADO DE ISRAEL, mantendrá la circunscripción consular actualmente asignada a la Sección Consular de la Embajada de la República en el ESTADO DE ISRAEL y su concurrencia en el territorio de la REPUBLICA DE CHIPRE.

Que se cuenta con el consentimiento del Gobierno del ESTADO DE ISRAEL según lo dispuesto por el Artículo 4° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, aprobada por la Ley Nº 17.081.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COOPERACION Y COORDINACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han prestado conformidad al dictado del presente acto.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

EN EJERCICIO DEL PODER...

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