Decreto 47/2021

Fecha de publicación30 Enero 2021
SecciónDecretos
EmisorACUERDOS


Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-89285554-APN-DGD#MT, la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N° 18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.591, el Decreto N° 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Decreto N° 788 del 25 de noviembre de 2019 y sus normas complementarias, las Actas Acuerdo del 16 de diciembre de 2020 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados o empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo, el 16 de diciembre de 2020 se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios, celebrando DOS (2) Actas Acuerdo.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, por el Acta mencionada en primer término acordaron prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2021 la suspensión del “Régimen para la Alta Dirección Pública” y de las modificaciones de artículos del citado Convenio Colectivo de Trabajo General, homologadas por el Decreto N° 788/19 y sus normas complementarias.

Que decidieron incorporar en el Anexo II del citado Convenio Colectivo de Trabajo General al Personal del Sistema Federal del Manejo del Fuego de la Administración Pública Nacional.

Que pactaron los incrementos para el personal permanente y no permanente comprendido en el citado Convenio Colectivo de Trabajo General del CUATRO POR CIENTO (4 %) a partir del 1° de febrero de 2021; del SEIS POR CIENTO (6 %) a partir del 1° de marzo de 2021 y del OCHO POR CIENTO (8 %) a partir del 1° de mayo de 2021, incluidos iguales incrementos para el “Premio Estimulo a la Asistencia”.

Que en ese contexto, establecieron los valores y escalas retributivas de los escalafones y entidades comprendidas en el referido Convenio Colectivo, así como los montos equivalentes a la Compensación por Viáticos, el Adicional por Prestaciones de Servicios en la Antártida, el Reintegro por Gastos de Comida, la Compensación por Gastos Fijos de Movilidad y el Reintegro Mensual por Gastos de...

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