Decreto 467/2021

Fecha de publicación19 Julio 2021
SecciónDecretos
EmisorCONVENIOS


Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-23762280-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9207-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9207-AR el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA, con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Agua y Saneamiento con Atención a Zonas Vulnerables”, por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MILLONES (USD 300.000.000).

Que el objetivo del Programa consiste en aumentar el acceso a servicios de agua y saneamiento administrados de manera segura con atención a las áreas vulnerables de Buenos Aires y mejorar la eficiencia y capacidad de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA) para responder a las necesidades de emergencia de abastecimiento de agua y saneamiento.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3) Áreas de Resultados: (1) Expansión de los servicios de agua y saneamiento con atención a las áreas vulnerables, (2) Incremento de la eficiencia de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA) y (3) Aumento de la capacidad de AySA S.A. para responder a las necesidades de emergencia de los servicios de suministro de agua.

Que la ejecución de dicho Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, a través de la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA), que será la responsable del área sustantiva y de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales del citado Ministerio, que actuará como responsable del área de coordinación administrativa junto con la Dirección de Préstamos del BANCO MUNDIAL y de la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) de la mencionada empresa. Asimismo, la evaluación del citado Programa estará a cargo del Organismo Ejecutor, en coordinación con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, suscriba el Convenio de Préstamo BIRF N° 9207-AR.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de Asuntos Estratégicos para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA...

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