Decreto 1448/2013

Fecha de publicación27 Septiembre 2013
Fecha de disposición18 Septiembre 2013
SecciónDecretos
Número de Gaceta32732



PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto1448/2013Desestímase recurso interpuesto contra la Resolución Nº 1314/2009 del Se.Dro.Nar.

Bs. As., 18/9/2013

VISTO el Expediente Nº 079/09 del registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO se substancia el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por el señor Marcelo Raúl FERAUDO (D.N.I. Nº 27.870.756) contra la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 1314 de fecha 11 de Diciembre de 2009.

Que por la aludida Resolución se aplicó al señor Marcelo Raúl FERAUDO la sanción de apercibimiento dispuesta por el Artículo 14, inciso a) de la Ley Nº 26.045, al haberse constatado que incumplió con lo dispuesto en el Artículo 12 del Decreto Nº 1095/96, modificado por el Decreto Nº 1161/00, actualmente receptado por el Artículo 7°, inciso 4) de la Ley Nº 26.045, dado que comercializó sustancias químicas controladas con un sujeto no inscripto por ante el REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS, la firma SOBRERO Y CAGNOLO S.A.

Que el recurso de reconsideración oportunamente interpuesto fue rechazado mediante Resolución SE.DRO.NAR. Nº 166 de fecha 05 de Marzo de 2010, correspondiendo resolver en esta instancia el recurso jerárquico en subsidio previsto en el Artículo 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 (T.O. 1991).

Que desde el punto de vista formal se han cumplimentado los recaudos previstos en los Artículos 89 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 (T.O. 1991), toda vez que el recurso fue presentado en tiempo y forma.

Que en cuanto al fondo de la cuestión, el recurrente no ha ampliado los fundamentos del recurso de reconsideración interpuesto oportunamente, por lo que corresponde estar a los vertidos en oportunidad de interponer el recurso de reconsideración.

Que el recurrente alega que interpone el recurso de reconsideración contra la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 1314/09 en cuanto se le aplica la sanción de apercibimiento. El recurso se encuentra fundado en los siguientes argumentos: a) en primer lugar, funda su petición en que jamás ha incurrido en forma intencional de comercializar con personas físicas y jurídicas sin estar autorizadas y que por lo tanto no ha violado las Leyes Nros. 19.549 y 26.045, ni ningún otro artículo o decreto; y b) que ha realizado operaciones e informado en sus...

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