Decreto 463. Modificación. Decreto N° 380\/2001.

Fecha de la disposición16 de Mayo de 2018

DÉBITOS Y CRÉDITOS

Decreto 463/2018

Modificación. Decreto N° 380/2001.

Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-13885133-APN-DMEYN#MHA, la Ley de Competitividad N° 25.413 y sus modificaciones, el Decreto N° 380 de fecha 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1º de la Ley de Competitividad N° 25.413 y sus modificaciones se establece el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

Que ese impuesto resulta aplicable, entre otras operaciones, a los créditos y débitos efectuados en cuentas -cualquiera sea su naturaleza- abiertas en las entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras Nº 21.526 y sus modificaciones y a las operatorias que efectúen las mencionadas entidades financieras en las que sus ordenantes o beneficiarios no utilicen las cuentas indicadas precedentemente, cualquiera sea la denominación que se otorgue a la operación, los mecanismos empleados para llevarla a cabo -incluso a través de movimiento de efectivo- y su instrumentación jurídica.

Que por el tercer párrafo del citado artículo 1° se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a definir el alcance definitivo de los hechos gravados descriptos en dicho artículo contemplándose además y conforme se prevé en su cuarto párrafo, que la gabela se hallará a cargo de los titulares de las cuentas bancarias a que se refiere el inciso a) del artículo en reseña y de los ordenantes o beneficiarios de las operaciones comprendidas en su inciso b).

Que en el quinto párrafo del aludido artículo 1° se dispone que cuando se trate de los hechos a los que se hace referencia en los incisos a) y b) del mismo, las entidades comprendidas en la Ley N°...

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