DECRETO 455 / 2021 DECRETO de 1 de Marzo de 2021

Fecha de Entrada en Vigor17 de Marzo de 2021
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2021
Número de Boletín29939
Fecha de Publicación16 de Marzo de 2021
Número de documento80912

DECRETO N° 455/9 (MDP), del 01/03/2021.

Expediente N° 6193/390-C-2019 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. (EDET S.A.) en contra de la Resolución N° 329/20 del 23/06/2020, emitida por el Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que la citada resolución (fs. 51/54) es confirmatoria de la Resolución ERSEPT (U) N° 292/19 de 03/12/19 (fs. 28/36);

Que por la misma el señor Gerente de Atención a Usuarios del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán resolvió hacer lugar al reclamo formalizado por el señor Cabrera José Antonio, Servicio N° 181.681, determinando la responsabilidad de la Distribuidora por el daño ocurrido en los electrodomésticos consignados en el formulario Serie RD N° 25.695;

Que para la admisión formal de los recursos administrativos la Ley N° 4.537, en su artículo 60 in fine, prevé que: "La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formas y recaudas previstos en el artículo 21 y siguientes, en lo que fuere pertinente, indicándose además, de manera concreta, la conducta o acto que el recurrente estimare como legítimos para sus derechos o intereses. Podrá ampliarse la fundamentación de los recursos deducidos en término, en cualquier momento antes de la resolución. Advertida alguna deficiencia formal, el recurrente será intimado a subsanarla dentro del término perentorio que se le fije, bajo apercibimiento de desestimarse el recurso;

Que el Recurso de Alzada es formalmente inadmisible porque no se presentó con los recaudas formales establecidos por el artículo 60 in fine de la Ley 4.537;

Que en fecha 14/09/2020 EDET S.A. fue intimada para que el plazo perentorio de 10 días reponga el sellado por actuación administrativa, de...

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