Decreto 450 / 2020. Decreto Sintetizado del 02 de Marzo de 2020. Aviso Nro: 77047 de 18 de Marzo de 2020

Fecha de la disposición18 de Marzo de 2020
Número de Boletín29701
Fecha de Publicación18 de Marzo de 2020
Número de documento77047

DECRETO N° 450/3 (SH), del 02/03/2020.-

EXPEDIENTE N° 329/222-L-2020.

VISTO el presente expediente mediante el cual la Municipalidad de San Isidro de Lules gestiona el otorgamiento de una asistencia financiera reintegrable, por la suma total de $70.124.036,80, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 7.974, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma legal en su Artículo 2°, faculta al Poder Ejecutivo a otorgar a los municipios y comunas rurales Préstamos Reintegrables, quedando facultado para establecer en cada caso el monto y el destino de los mismos, como así también para convenir con los citados entes el plazo de amortización y demás condiciones para su reintegro.

Que la suma gestionada por el citado municipio será destinada prioritariamente al pago de los haberes de febrero de 2020.

Que para la entrega del monto requerido, la municipalidad deberá suscribir ante Escribanía de Gobierno la pertinente Escritura de Cesión de Derechos a favor del Superior Gobierno de la Provincia, cediendo la Coparticipación -Ley N° 6.316-, F.D.I. Ley N° 6.650- y modificatorias o las que en el futuro las reemplacen o sustituyan, en un plazo de 45 días a partir de la fecha del presente instrumento legal.

Que asimismo los fondos cuya provisión se gestiona serán transferidos a través de la Cuenta Fiduciaria del municipio; en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección...

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