Decreto 45/2019

Fecha de publicación19 Diciembre 2019
SecciónDecretos
EmisorASUETO


Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2019

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que los días 24 y 31 de diciembre del año en curso, vísperas de festividades, son días laborables.

Que las citadas fechas constituyen, tradicionalmente, motivo de festejos para las familias argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio.

Que, asimismo, y a fin de facilitar las clásicas reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos.

Que, con ese objeto, se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 del corriente mes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase asueto al personal de la...

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