Decreto 894/2013

Fecha de disposición05 Julio 2013
Fecha de publicación08 Julio 2013
SecciónDecretos
Número de Gaceta32675



ACCESO A LA INFORMACION JUDICIAL

Decreto894/2013Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 26.856.

Bs. As., 5/7/2013

VISTO el Expediente Nº S04:0029555/2013 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.856, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.856 establece la obligatoriedad de la publicación íntegra de todas las acordadas, resoluciones y sentencias dictadas por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION y por los tribunales de segunda instancia que integran el PODER JUDICIAL DE LA NACION.

Que el artículo 3° de la mencionada ley establece que dicha publicación debe efectuarse a través de un diario judicial en formato digital accesible al público, en forma gratuita, por medio de la página de internet de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION.

Que, asimismo, la citada norma establece que la publicación de los pronunciamientos señalados debe resguardar el derecho a la intimidad, a la dignidad y al honor de las personas y en especial los derechos de los trabajadores y de los niños, niñas y adolescentes.

Que la ley destaca especialmente la necesaria información pública y previa de las cuestiones a ser dirimidas en los acuerdos y reuniones, a efectuarse por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, que tengan por objeto el dictado de sentencias, acordadas o resoluciones.

Que la publicidad de los actos de gobierno constituye uno de los principios fundamentales adoptados por el régimen republicano que surge de nuestro ordenamiento constitucional a través de los artículos , 33 y concordantes de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que, en el plano internacional, el derecho de acceso a la información se encuentra garantizado en numerosos instrumentos, entre ellos la CONVENCION...

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