Decreto 447/2019

Fecha de publicación01 Julio 2019
SecciónDecretos
EmisorPOLÍTICA AMBIENTAL NACIONAL
Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-41100680-APN-DGAYF#MAD, la Ley N° 25.675, el Decreto N° 1638 de fecha 6 de septiembre de 2012, la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN N° 37.160 del 19 de octubre de 2012, las Resoluciones de la entonces SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nros. 1398 del 8 de septiembre de 2008, su modificatoria y 999 del 17 de septiembre de 2014, sus modificatorias y las Resoluciones del ex MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nros. 548 del 25 de agosto de 2017 y 388 de 18 de junio de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras con el deber de preservarlo.

Qué, el artículo mencionado en el considerando precedente establece que el daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la Ley, y que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.

Que, en ese sentido, el artículo 22 de la Ley N° 25.675, establece que toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, ecosistemas y sus elementos constitutivos, deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir.

Que, a través de las Resoluciones mencionadas en el Visto, la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, y la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante bajo la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, en el ámbito de sus respectivas competencias, han establecido diversas normas relacionadas con la “Póliza de Caución Ambiental de Incidencia Colectiva” como son las Resoluciones Conjuntas de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y ex SECRETARÍA DE FINANZAS Nros 98/07- 1973/07 y Nros 178/07-12/07; las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 177/07, 303/07, 1639/07, 1398/08 y 481/11 y las Resoluciones del entonces...

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