Decreto 445 / 2020. Decreto Sintetizado del 28 de Febrero de 2020. Aviso Nro: 77095 de 19 de Marzo de 2020

Fecha de la disposición19 de Marzo de 2020
Número de Boletín29702
Fecha de Publicación19 de Marzo de 2020
Número de documento77095

DECRETO N° 445/1, del 28/02/2020.

VISTO, que resulta necesario proceder a suscribir la prórroga de los Contratos de Servicio con los agentes que tienen a su cargo el diseño y desarrollo de las aplicaciones móviles necesarias para la implementación del Registro Único de Mascotas, en el ámbito del Programa Tucumán Mascotas, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 494/1 del 27/02/2019, se autorizó a la Secretaría General de la Gobernación a suscribir con la Ing. Nancy María Zarate, D.N.I. N° 18.184.903, con domicilio en calle Santa Fe N° 3554, de esta ciudad; y el Sr. Maximiliano Espeche, D.N.I. N° 34.910.086, con domicilio en calle Virgen de la Merced 226- piso 7- Departamento B, de nuestra ciudad, un Contrato de Servicios, para tal finalidad, cuyo vencimiento opera el 28 de febrero del corriente año.

Que los Contratos en cuestión resultan imprescindibles, con el fin de seguir contando con los servicios de dicho personal para la continuidad en la implementación del mencionado Registro.

Que para proceder de conformidad, se estima del caso dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Autorízase a la señora Secretaria General de la Gobernación, Dra

Silvia Laura Pérez, para que en representación del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán, suscriba con la Ing. Nancy María Zarate, D.N.I. N° 18.184.903, con domicilio en calle Santa Fe N° 3554, de esta ciudad; y el Sr. Maximiliano Espeche, D.N.I. N° 34.910.086, con domicilio en calle Virgen de la Merced 226- piso 7- Departamento B, de nuestra ciudad, un Contrato de Servicios, con la función, las condiciones y la remuneración equivalente a la categoría que allí se indica, conforme a los Modelos de Contrato que obran como Anexo I y II, y que quedan aprobados en todos sus términos y pasan a formar parte integrante del presente Decreto, en atención a lo considerado.

ARTICULO 2° Impútese la erogación resultante de lo dispuesto en el Art. 1 a:

Jurisdicción 03-SAF GSGG- G08ERNACION y SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN- Programa 11, U.O. N° 040, Finalidad/Función...

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