DECRETO 443 / 2020 DECRETO de 28 de Febrero de 2020

Fecha de Entrada en Vigor19 de Marzo de 2020
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2020
Número de Boletín29700
Fecha de Publicación17 de Marzo de 2020
Número de documento77031

DECRETO N° 443/3 (SH), del 28/02/2020.-

EXPEDIENTE N° 133/220-R-2020

VISTO el presente expediente mediante el cual la Secretaría de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas Rurales, dependiente del Ministerio de Interior, gestiona la incorporación de Recursos Remanentes en la CE N° 323.3 "Deseq. Financiero Municipal y Comunal - Ley 6316" y N° 323.5 "Fondo p/Desequilibrio Financiero y Mejora Institucional", ambas de la Jurisdicción 12 "SAF MI DIR. DE ADM. MINISTERIO DE INTERIOR", por las sumas de $69.072.843,94 y $103.923.774,15; respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que lo tramitado se encuentra contemplado en las disposiciones del Artículo 13° inciso a) de la Ley N° 9213 -Presupuesto General 2020-, que faculta al Poder Ejecutivo a incrementar el Presupuesto General para incorporar las partidas de recursos y/o financiamiento y sus respectivas erogaciones en los organismos centralizados, descentralizados y autárquicos que consolidan, en los detallados en el Artículo 6° de la Ley y en el Plan de Trabajos Públicos, cuando se produjera incremento de los recursos y/o financiamiento, nuevos recursos o financiamiento con respecto a los estimados en ella.

Que la Ley N° 9063 reemplaza el Artículo 10° de la Ley N° 5673, disponiendo que los saldos acreedores que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas bancarias pertenecientes a las Cuentas Especiales Presupuestarias, de la jurisdicción del Poder Ejecutivo financiadas con recursos de origen Provincial, se transferirán a Rentas Generales, excepto cuando el Poder Ejecutivo disponga su transferencia al ejercicio siguiente; asimismo, cuando dichas cuentas sean financiadas con recursos de jurisdicción nacional y contrapartida provincial, se transferirán al ejercicio siguiente.

Que en consecuencia resulta menester proceder de conformidad con lo...

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