Decreto Nº 2.419
Emisor | Mrio. de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 19 de Diciembre de 2012 |
Mendoza, 19 de diciembre de 2012
Visto el Expte. Nro. 195-D-12-01031 en el cual se tramita la modificación del presupuesto vigente en el marco de la Ley Nº 8505 y de la Ley de Presupuesto 2012 Nº 8399 -Art.139; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 8505 Artículo 1° se ratificaron varios Decretos los cuales homologaban acuerdos paritarios;
Que la ratificación de las paritarias que la Ley menciona en su articulo 1° implica un incremento del gasto el cual no ha sido previsto en el Presupuesto 2012;
Que la Ley de Presupuesto 2012 Nº 8399 en su artículo 13, 2° párrafo dispone que la mayor recaudación deberá ser destinada a atender las erogaciones necesarias para solventar acuerdos paritarios del Ejercicio 2012;
Que si bien los recursos a incrementar son coparticipables, ya se procedió a la distribución de la coparticipación correspondiente a dada Municipio;
Que en esta ocasión y como se expuso con anterioridad el costo de los acuerdos no se encuentra previsto en el Presupuesto de Gastos, es que se tramita el refuerzo presupuestario correspondiente en concordancia con los acuerdos ratificados por la Ley Nº 8505;
Por ello,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
El presente decreto deberá ser comunicado a la Honorable Legislatura a través de la Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación.
Notifíquese el presente decreto a la Contaduría General de la Provincia para su registración.
El presente decreto deberá ser refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas, de Salud, de Desarrollo Social y Derechos Humanos y de Trabajo, Justicia y Gobierno.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ
Marcelo Fabián Costa
Felix Rodolfo Gonzalez
Guillermo Pablo Elizalde
Carlos Washington Diaz
PLANILLA ANEXA I
Expediente Nº 195-D-2012-01031 - Decreto Nº 2.419
Ejercicio: 2012
Nro. CUC.: 906
Nro. Comp.: 1254
0
0
00/00/00
1
08
01
S96100
411 01
0
312.305.462,00
0,00
990010001
0
1
19
01
S90001
411 01
0
30.833.256,84
0,00
990010001
0
1
21
01
SD1000
411 01
0
2.216.936,29
0,00
990010001
0
1
08
01
S96100
413 05
0
11.500.000,00
0,00
148000000
0
1
19
01
S90001
413 05
0
620.918,00
0,00
148000000
0
1
21
01
SD1000
413 05
0
434.830,13
0,00
148000000
0
1
08
01
S96100
413 08
0
20.086.962,00
0,00
630000000
0
1
08
01
S96100
431 04
0
1.789.294,00
0,00
126000000
0
379.787.659,26
0,00
PLANILLA ANEXA II
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba