Decreto 429/2021

Fecha de publicación02 Julio 2021
SecciónDecretos
EmisorPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS


Ciudad de Buenos Aires, 01/07/2021

VISTO el Expediente N° EX-2019-66368491-APN-SECOT#MTR, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T. O. 2017, el Decreto Nº 2034 del 4 de diciembre de 2013, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE Nros. 474 del 7 de julio de 2017, 216 del 12 de marzo de 2018 y 606 del 11 de julio de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 2034/13 se aprobó el Modelo de “Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional AR-X1018”, destinado a financiar a través del “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE FERROCARRILES METROPOLITANOS” operaciones individuales de préstamo dirigidas a cooperar con la REPÚBLICA ARGENTINA en la recuperación de la red de ferrocarriles de pasajeros de la Región Metropolitana de Buenos Aires.

Que, asimismo, mediante el citado Decreto Nº 2034/13 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 2982/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN - LA PLATA”, suscripto el 13 de diciembre de 2013 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que en el marco del proyecto mencionado y mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRANSPORTE N° 474 del 7 de julio de 2017, se aprobó el procedimiento correspondiente a la Licitación Pública Internacional N° 10/2016 y se adjudicó la contratación correspondiente a la obra “Elevación Definitiva de Andenes y Mejora de Estaciones. Lote F: Darío Santillán y Maximiliano Kosteki - Avellaneda” a la firma COPACRE S.A., por la suma total de PESOS CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($50.202.969,40), impuestos incluidos.

Que el 20 de julio de 2017 se suscribió el contrato entre la entonces UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE y la firma COPACRE S.A. para la ejecución de la obra ut supra mencionada.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRANSPORTE N° 216 del 12 de marzo de 2018 se rescindió el contrato suscripto con la firma COPACRE S.A. referenciado precedentemente, en virtud de lo establecido en la Subcláusula 15.2 de las Condiciones Generales del Contrato y atento a los antecedentes de hecho referenciados en la citada resolución.

Que habiendo sido debidamente notificada dicha resolución al entonces contratista e intimándose conforme lo dispuesto en el artículo 2º de dicha medida a proceder a la devolución del anticipo financiero abonado bajo apercibimiento de ejecutar la Póliza de...

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