Decreto 1520/2008

EmisorInstituto Nacional de Investigacion y Desarrollo
Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2008

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ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO 282/2008-UIF Apruébanse la Directiva sobre Reglamentación del Artículo 21, incisos A) y B) de la Ley Nº 25.246.

POLITICA AMBIENTAL 1398/2008-SADS Establécense los Montos Mínimos Asegurables de Entidad Suficiente, en función de lo previsto en el artículo 22 de la Ley Nº 25.675 y en el artículo 3 de la Resolución Nº 177/2007. Alcances.

ARTICULO 10 La presente ley es de orden público y entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 11 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.

--REGISTRADA BAJO EL Nº 26.412-JULIO C. C. COBOS. -- EDUARDO A. FELLNER. -- Enrique Hidalgo. -- Juan H. Estrada.

TRANSPORTE AEROCOMERCIAL Decreto 1533/2008

Promúlgase la Ley Nº 26.412

Bs. As., 18/9/2008

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 26.412 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T.

Massa. -- Julio M. De Vido.

DECRETOS INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO Decreto 1520/2008

Acéptase la renuncia del Director. Intervención. Desígnase Interventor.

Bs. As., 18/9/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0379796/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 21.673, y CONSIDERANDO:

conVenciones coLecTiVAs De TRABAJo Lunes 22 de setiembre de 2008 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.494 3 ción económica, de acuerdo a las políticas formuladas para el sector por la Secretaría del área. Asimismo interviene en los programas de desarrollo pesquero y entiende en la formulación y ejecución de programas de capacitación de personal del área y efectúa estudios económicos de la producción pesquera, en sus aspectos de extracción, industrialización y comercialización.

Que a su vez, el Artículo 11 de la Ley Nº 24.922, dispone que corresponde a este organismo la planificación y ejecución de sus actividades científicas y técnicas con las provincias y otros organismos o entidades, especialmente en lo que se refiere a la evaluación y conservación de los recursos vivos marinos.

Que, asimismo, por el Artículo 12 de la Ley Nº 24.922 se establece que es el encargado de administrar y disponer de los buques de investigación pesquera de propiedad del ESTADO NACIONAL, conforme a los requerimientos y políticas que oportunamente se establezcan, debiendo determinar anualmente el rendimiento máximo sostenible de las especies, funciones de trascendental importancia en lo concerniente a la conservación, protección y administración de los recursos vivos marinos.

Que el Licenciado en Economía Política D. Enrique Horacio MIZRAHI (M.I.

Nº 4.526.210) el 25 de agosto de 2008, ha presentado su renuncia al cargo de Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, en el que fuera designado por Decreto Nº 1926 del 26 de diciembre de 2006.

Que por el presente corresponde aceptar la misma, reconociendo el esfuerzo realizado y el compromiso puesto de manifiesto en el desempeño de sus funciones.

Que además se observa que en el seno del Instituto Nacional existe una multiplicidad de conflictos entre los distintos niveles de personal a raíz de diversos y continuos reclamos laborales.

Que asimismo se suscitan conflictos entre los distintos sectores del citado organismo (embarcados, científico-técnicos y administrativos).

Que el conjunto de estas...

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