DECRETO 4283 / 2016 DECRETO de 26 de Diciembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor14 de Enero de 2017
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2016
Número de Boletín28921
Fecha de Publicación13 de Enero de 2017
Número de documento57911

DECRETO N° 4.283/1(FE), del 26/12/2016.

EXPEDIENTE N° 3.894/213-C-99.

VISTO estas actuaciones mediante las cuales el Comisario General (R) Roberto Luis Véliz del Departamento General de Policía solícita el reconocimiento de sus haberes impagos en concepto de licencias anuales ordinarias no gozadas de los periodos 1996 y 1997, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 36 mediante Dictamen Fiscal N° 3.086/11 se sostuvo que al 21 de Diciembre de 2011 la deuda no estaba prescripta y se indicó que el acto de reconocimiento de los derechos a percibir las vacaciones impagas, la Resolución N° 172/14 (SGyJ) fue emitida en fecha 3 de junio de 2003, no cumpliéndose a la fecha del Dictamen Fiscal referido el plazo de prescripción decenal, ello basado en la jurisprudencia de sentencia 712/06, juicio: "DECIMA JUAN CARLOS vs. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN S/ COBROS (SUMARIOS)" de fecha 14 de agosto de 2006, la que consideró que a partir del acto de reconocimiento de la accionada, comienza a correr un plazo de prescripción de 10 años distinto al originario.

Que a fs. 44 Dirección Judicial informa que no consta en su sistema de registro ninguna acción judicial iniciada contra el Estado Provincial por el Sr. Roberto Luis Véliz por los conceptos aludidos y no consta en autos que el mismo haya instado el proceso en sede administrativa.

Que el fundamento de la prescripción radica en el principio de seguridad jurídica que contribuye a la certeza en las relaciones jurídicas y exige a los particulares que los derechos y acciones sean ejercidos en tiempo útil pues repudia al ordenamiento jurídico una pendencia indefinida.

Que señala la doctrina que la prescripción es un instituto de orden público, creado para dar estabilidad y firmeza a los negocios, disipar las incertidumbres del pasado y poner fin a la indecisión de los derechos, salvaguardando el orden y la seguridad jurídica; evitan la prolongación de situaciones cuya...

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