Decreto N° 190
Emisor | Min. Seguridad |
Fecha de la disposición | 8 de Febrero de 2013 |
DECRETO N° 190
Mendoza, 8 de febrero de 2013
Visto la pieza administrativa N° 8617-M-2010-00106 donde se analiza la necesidad de modificar la estructura organizativa del Ministerio de Seguridad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Acuerdo N° 3634/11, se autorizó a los señores Ministros a aprobar las nuevas estructuras mediante Decreto simple;
Que mediante Decreto 468/12 se aprobó la estructura organizativa del Ministerio de Seguridad;
Que la coyuntura provincial y la envergadura de los eventos provinciales, nacionales e internacionales que se realizan en la provincia, denotan la necesidad de ampliar el espacio Institucional de organización y planificación de las Políticas de Seguridad en eventos deportivos, especiales y de seguridad que eran coordinados hasta la actualidad por la Secretaría de Planificación de Eventos Deportivos y Especiales (Se.P.E.D.E.);
Que a tal efecto, deberá crearse la Dirección de Planificación Operativa de Eventos; que tendrá por misión la planificación estratégica de las necesidades en materia de seguridad deportiva, eventos especiales y operativos que surjan en la provincia.
Por ello,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Modifíquese la estructura organizativa del Ministerio de Seguridad, aprobada mediante Decreto N° 468/12, modificado por Decreto N° 2424/12.
Créese la Dirección de Planificación Operativa de Eventos (Di.P.O.E.) en el ámbito del Ministerio de Seguridad, la que dependerá operativamente de la Dirección General de Policías.
Establézcase la competencia territorial de la dependencia creada en el artículo 1°, en el ámbito de toda la provincia, facultándose al Ministerio de Seguridad crear mediante resolución nuevas Delegaciones que podrán coincidir con las circunscripciones judiciales.
La Dirección de Planificación Operativa de Eventos (Di.P.O.E.) estará a cargo de un Director designado por el Poder Ejecutivo y podrá recaer en un civil, Oficial Superior en actividad o retirado de las Policías de Mendoza con idoneidad en la temática.
Tendrá por misión: ser un órgano consultivo de asesoramiento, asistencia técnica, planificación y evaluación de eventos deportivos, especiales y maniobras operativas que se realicen en el ámbito de la provincia.
Sus objetivos serán:
a- Procurar lo pertinente para garantizar la seguridad de los espectáculos deportivos, especiales y operativos que se desarrollen en la provincia de Mendoza.
b- Planificar, coordinar y evaluar la ejecución de las medidas dispuestas, tendientes a garantizar la seguridad en los espectáculos deportivos, especiales y operativos.
c- Brindar asistencia técnica a las Asociaciones deportivas y a las Instituciones afiliadas a las mismas en materia de prevención de espectáculos en los que se prevean actos violentos.
d- Instar a las Asociaciones deportivas a adecuar sus estatutos para recoger en los regímenes disciplinarios, las normas relativas a la violencia en el deporte.
e- Informar preceptivamente las disposiciones que en materia de espectáculos dicte la Dirección.
f- Generar un registro y base de datos donde se incorpore todo tipo de información vinculada con los espectáculos deportivos y eventos especiales donde consten episodios de violencia, ámbitos en que ocurren o pudieren ocurrir, Instituciones afectadas o involucradas y personas relacionadas a los mismos, preservando en todo momento las garantías constitucionales.
g- Analizar la normativa municipal, provincial, nacional y comparada, vinculada con la violencia en espectáculos deportivos y, cuando lo considere oportuno, elaborar y/o proponer aquellas modificaciones que estime pertinente.
h- Realizar estudios investigativos sobre asuntos vinculados con la seguridad en espectáculos deportivos, causas y efectos de la violencia en el deporte.
i- Organizar y dictar cursos, seminarios, conferencias, talleres y toda otra actividad académica orientada a la capacitación y difusión de las políticas y medidas tendientes a garantizar la seguridad en espectáculos deportivos.
j- Establecer vínculos y mantener relaciones con entidades y organismos públicos, privados y comunitarios relacionados con la problemática de la violencia en espectáculos deportivos.
k- Coordinar con las personas y entidades involucradas en la organización de espectáculos deportivos, políticas y medidas adecuadas de prevención de hechos violentos y generar ámbitos de análisis, debate y concertación de las mismas.
l- Conducir la ejecución de las medidas dispuestas por el Ministerio de Seguridad.
m- Asistir a otras fuerzas de seguridad en materia de deportes y eventos especiales, conforme los requerimientos efectuados por la autoridad.
n- Promover e impulsar acciones de prevención en espectáculos deportivos y especiales.
o- Calificar los encuentros deportivos conforme la hipótesis de conflicto, riesgos y peligrosidad de los mismos.
p- Disponer todas aquellas medidas previas concomitantes y posteriores que se consideren pertinentes para garantizar la seguridad de los espectáculos deportivos y de concurrencia masiva de personas.
q- Ejecutar aquellas medidas necesarias tendientes a garantizar que la seguridad edilicia en donde se desarrollen los espectáculos deportivos y especiales sean adecuados y seguros para los concurrentes a los mismos.
r- Cumplir y hacer cumplir todas las normas que por su ámbito corresponda y proteger los derechos consagrados en la Constitución Nacional y Provincial.
s- Todos aquellos otros objetivos que de acuerdo a su misión sean necesarios contemplar para garantizar la seguridad en eventos de asistencia masiva de público.
Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 468/12 modificado por Decreto N° 2424/12, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Establézcanse los siguientes objetivos básicos de las unidades organizativas que se mencionan, sin constituir una enumeración taxativa:
-
Jefatura de Gabinete:
Asistir al Ministro de Seguridad en la coordinación de las diferentes Subsecretarías, Direcciones y demás dependencias, comisiones y acciones interministeriales.
Coordinar las relaciones entre el Poder Ejecutivo y ambas Cámaras de la Legislatura de la Provincia, sus Comisiones e integrantes, procurando un diálogo institucional fluido para el fortalecimiento de dichas relaciones.
Elevar la respuesta a los pedidos de informes y explicaciones formulados por organismos competentes.
Convocar, preparar y coordinar las reuniones de Gabinete Interno y entender en la agenda del Ministerio de Seguridad.
Intervenir en la dirección política relativa a la concreción de acuerdos, convenios, protocolos, tratados propuestos afines a la misión y visión del Ministerio de Seguridad.
-
Subsecretaría de Seguridad:
Promover acciones en materia de prevención situacional de la violencia y el delito basadas en un marco de proacción y territorialidad.
Garantir la generación y consecución de planes, programas y proyectos preventivos e integradores que eviten, anulen o disminuyan los efectos causados por desastres naturales y antrópicos.
Garantizar la seguridad e integridad física de las personas y conservación de los bienes que circulen por las rutas y caminos que atraviesan la provincia.
Garantizar la protección de los derechos humanos en todo el territorio provincial.
B.1. Dirección General de Policías:
Conducir, controlar y...
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