Decreto 2804/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación01 Marzo 2013
SecciónDecretos

Bs. As., 28/12/2012

VISTO los Expedientes Nros. 16916/2012 y sus agregados sin acumular 18024/2012, 18795/2012, 21086/2012, 21260/2012, 21336/2012, 21799/2012, 21978/2012, 23018/2012, 23593/2012, 24590/2012, 24749/2012, 25245/2012, 25399/2012, 25562/2012, 25627/2012 y 25628/2012 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD solicita la cobertura transitoria de diversas vacantes financiadas del citado Ministerio.

Que las personas propuestas a que se refiere el artículo 1° del presente, reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a cubrir, los que luego serán cubiertos conforme los sistemas de selección previstos en la normativa vigente.

Que por su parte, las personas propiciadas a que se refiere el artículo 2° de la medida, reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a que se refiere dicho artículo, pero no cumplen con los requisitos exigidos de conformidad con lo establecido por el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, por lo cual sus designaciones tramitarán por autorización excepcional.

Que a los efectos de implementar las referidas coberturas transitorias, resulta necesario designar a las personas que se proponen con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Que la cobertura de los cargos en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario...

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