Decreto 2777/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación26 Febrero 2013
SecciónDecretos

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM Nº 0033002/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 1530 de fecha 2 de noviembre de 2004, y Nº 195 de fecha 6 de febrero de 2012, y lo solicitado por la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2012.

Que mediante el Decreto Nº 1530/04 se dieron por designados transitoriamente, entre otros, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a Da. Diana Silvina PALACIOS, y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 195/12 por el mismo término.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491/02, se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.

Que la agente involucrada en la presente medida, se encuentra exceptuada de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº 601/02 reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Dase por prorrogada, a partir del 16 de agosto de 2012...

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