Decreto 1423/2008

Fecha de disposición10 Septiembre 2008
Fecha de publicación10 Septiembre 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31486
Miércoles 10 de setiembre de 2008 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.486 2
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Pág.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
59/2008
Convalídase la enmienda a un contrato de locación de servicios celebrado por la Secreta-
ría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, bajo el régimen del Decreto
Nº 1184/01. ................................................................................................................................
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
60/2008
Dase por convalidada la enmienda a un contrato de locación de servicios destinado al Programa
de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). ...........................................................................
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
61/2008
Dase por aprobada una contratación destinada al Programa Multisectorial de Preinversión III
(Préstamo BID 1896/OC-AR). ......................................................................................................
resoLuciones
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
68/2008-DGA
Cuadro de Tarifas de Servicios Extraordinarios de Habilitación. SIGEA 12239-182-2008. ............
DEUDA PUBLICA
Conjunta 221/2008-SH y 28/2008-SF
Dispónese la emisión de una Letra del Tesoro en pesos con vencimiento el 4 de septiembre de
2009. Características. .................................................................................................................
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
262/2008-SICyPyME
Abrógase la Disposición Nº 374/2007 de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y
Desarrollo Regional. Apruébase el Modelo de Convenio a suscribir entre la Subsecretaría de la
Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional y el Fondo Provincial para la Transformación
y el Crecimiento de la Provincia de Mendoza. .............................................................................
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
469/2008-CM
Apruébase el Reglamento de Compras Descentralizadas y de Trámite Simplificado. ...................
SISTEMA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL
715/2008-ANSES
Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la
emisión correspondiente al mes de noviembre de 2008. .............................................................
MINISTERIO PUBLICO
1271/2008-DGN
Modificación del Régimen de Licencias de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Minis-
terio Público de Defensa. ............................................................................................................
SINTETIZADAS .........................................................................................................................
concursos oFiciALes
Nuevos ......................................................................................................................................
Avisos oFiciALes
Nuevos ......................................................................................................................................
Anteriores ..................................................................................................................................
AsociAciones sinDicALes
convenciones coLectivAs De trABAJo
ARTICULO 9º — Informe. Antes de la f‌inali-
zación del plazo establecido en el artículo 5º del
presente, la Comisión deberá elevar a las Cáma-
ras un informe que contendrá sus consideracio-
nes f‌inales.
ARTICULO 10. — Comuníquese al Poder Eje-
cutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON-
GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL
VEINTE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL OCHO.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.397 —
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELL-
NER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
#F3454364F#
DECRETOS
#I3454210I#
REGLAMENTO CONSULAR
Sustitúyese el inciso b) del artículo 199 del
Capítulo VII - De los Pasaportes, del regla-
mento Consular aprobado por el decreto
Nº 8714/63.
Bs. As., 4/9/2008
VISTO el Reglamento de Documentos de Iden-
tidad y de Viaje aprobado por el Decreto
Nº 2015 de fecha 23 de marzo de 1966 y el
Reglamento Consular, aprobado por Decre-
to Nº 8714 de fecha 3 de octubre de 1963,
y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4º del Reglamento apro-
bado por el Decreto Nº 2015/66 se dispone
que tendrán derecho al pasaporte argentino
entre otros, la mujer extranjera, esposa o
viuda de ciudadano argentino, siempre que
no haga uso del pasaporte de su naciona-
lidad.
Que por su parte, el artículo 199 inciso b) del
Reglamento Consular aprobado por el De-
creto Nº 8714/63 dispone que es atribución
de los funcionarios consulares en el exterior,
otorgar, renovar o prorrogar pasaportes bajo
su f‌irma y sello, previa comprobación de la
identidad y nacionalidad de, entre otros, la
mujer extranjera esposa o viuda de ciudada-
no argentino.
Que el motivo por el cual se otorgó derecho
al pasapor te argentino a la mujer extranje-
ra esposa o viuda de ciudadano argentino,
obedeció a que, conforme con la legislación
de determinados países, la mujer perdía
su nacionalidad al contraer matrimonio con
un extranjero, corrigiendo de ese modo, la
situación de incapacidad en la que se en-
contraba la mujer que como consecuencia
del matrimonio contraído con un extranjero,
en ese caso ciudadano argentino, no podía
obtener un documento de viaje.
Que en el actual contexto internacional y,
luego de efectuado un relevamiento de la
legislación comparada, se ha detectado que
en otros países se aplica un criterio suma-
mente restrictivo en cuanto a la expedición
de pasaportes a cónyuges extranjeros.
Que en ese contexto, puede determinarse
que las motivaciones que llevaron al dicta-
do de esa normativa, han sido superadas
por los cambios acaecidos en las distintas
legislaciones, respecto al derecho a obtener
pasaporte de su nacionalidad de quienes
contraen matrimonio con ciudadanos ex-
tranjeros.
Que por otra parte la modif‌icación propues-
ta no deberá alterar la situación jurídica de
la esposa o viuda extranjera de ciudadano
argentino que hubiere ejercido el derecho
contemplado por la normativa vigente al mo-
mento de obtener el pasaporte argentino.
Que han tomado debida intervención la Po-
licía Federal Argentina a través de la Direc-
ción General de Antecedentes y la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTE-
RIO DE RELACIONES EXTERIORES, CO-
MERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la presente medida se dicta en uso de
las facultades conferidas por el artículo 99,
Inciso 2, de la CONSTITUCION NACIO-
NAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese el inciso b) del artí-
culo 199 del Capítulo VII - De los Pasaportes, del
Reglamento Consular aprobado por el Decreto
Nº 8714/63, por el siguiente: “inciso b) Mujer ex-
tranjera esposa o viuda de ciudadano argentino,
sólo en aquellos casos debidamente comproba-
dos de imposibilidad de acceder al pasaporte de
su nacionalidad con motivo de haber contraído
matrimonio con ciudadano extranjero”.
Art. 2º — Lo dispuesto en el artículo 1º no
afectará la situación jurídica de la esposa o viuda
extranjera de ciudadano argentino que hubiere
obtenido el pasaporte argentino al amparo de la
normativa vigente al momento de su otorgamien-
to, quienes podrán renovarlo conforme a dicha
normativa.
Art. 3º — El MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO, dictará las normas pertinentes relativas
al trámite a seguir por los consulados argentinos
en el exterior.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Of‌icial y archí-
vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Ser-
gio T. Massa. — Aníbal F. Randazzo. — Jorge E.
Taiana. #F3454210F#
#I3454207I#
ADSCRIPCIONES
Decreto 1422/2008
Adscríbese a una agente de la Planta Per-
manente de la Secretaría de Turismo, de la
Presidencia de la Nación; a la Municipali-
dad de Exaltación de la Cruz, Provincia de
Buenos Aires.
Bs. As., 4/9/2008
VISTO el Expediente Nº 279/2008 del registro
de la SECRETARIA DE TURISMO de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto
Nº 639 del 18 de abril de 2002, lo solicitado
por la MUNICIPALIDAD DE EXALTACION
DE LA CRUZ de la PROVINCIA DE BUE-
NOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto mencionado en el Visto
se aprobaron las “Normas para el Trámite de
Adscripciones de Personal” para los agentes
de la Administración Pública Nacional.
Que la MUNICIPALIDAD DE EXALTACION
DE LA CRUZ de la PROVINCIA DE BUE-
NOS AIRES ha solicitado la adscripción de
la agente Vanesa Paola FORTUNA.
Que dicha agente revista en un cargo Nivel
E Grado 4 de la Planta Permanente de la
SECRETARIA DE TURISMO de la PRESI-
DENCIA DE LA NACION.
Que la adscripción en cuestión obedece a la
necesidad de contar con la colaboración de
la citada agente en el organismo solicitante.
Que la DIRECCION GENERAL DE LEGIS-
LACION Y ASUNTOS JURIDICOS y la DI-
RECCION DE RECURSOS HUMANOS Y
ORGANIZACION de la citada Secretaría han
tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en función
a lo dispuesto por el Decreto Nº 639/02 y
en uso de las facultades conferidas por el
Artículo 99, Inciso 1 de la Constitución Na-
cional.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Adscríbese a la agente Vanesa
Paola FORTUNA (D.N.I. Nº 22.709.356), quien
revista en un cargo Nivel E Grado 4 de la Planta
Permanente de la SECRETARIA DE TURISMO
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a la MU-
NICIPALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ
de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por el
término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO
(365) días corridos, a partir de la notif‌icación de
la presente.

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