Decreto 1397/2008

Fecha de publicación04 Septiembre 2008
Fecha de disposición04 Septiembre 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31482

Que en cumplimiento de los Artículos 4º y 5º del Anexo I del Decreto Nº 966/2005, la COMISION DE EVALUACION Y DESARROLLO DE INICIATIVAS PRIVADAS ha verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el régimen del citado Decreto, elevando un informe circunstanciado sobre el proyecto aconsejando su elegibilidad, y constatado la constitución de la garantía exigida.

Que la iniciativa presentada propone el diseño, construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual traza del 'Ferrocarril Trasandino Central', en la Provincia de MENDOZA..

Que las jurisdicciones correspondientes en razón de la materia han tomado la intervención que les compete en función de lo previsto en el Artículo 4º del Anexo I del Decreto Nº 966/2005, habiendo emitido los informes circunstanciados allí exigidos.

Que en tal sentido se ha expedido la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS señalando que merece especial atención el impacto que este proyecto tendrá respecto de las economías regionales, dinamizándolas a partir de la generación de mano de obra directa e indirecta a lo largo del trazado, sumándose a ello el importante beneficio social que traerá aparejada su concreción, permitiendo la radicación y/o permanencia de núcleos habitacionales asociados con los beneficios en términos de integración y calidad de vida.

Que por su parte la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (CNRT), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS comparte las consideraciones vertidas por la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.

Que sin perjuicio de las características precisas del proyecto de referencia, que oportunamente serán definidas en la instancia administrativa propia del procedimiento de selección del contratista, la propuesta de iniciativa privada resulta acorde con la política de desarrollo de la economía encarada por el ESTADO NACIONAL.

Que el Gobierno de la REPUBLICA DE CHILE, cuya titularidad ejerce la Doctora Michelle BACHELET, ha considerado de interés público la construcción y explotación del Ferrocarril Trasandino Central.

Que la iniciativa presentada abre la posibilidad de importantes inversiones a riesgo empresario en el desarrollo de proyectos de infraestructura, con la generación de altos beneficios para la sociedad en su conjunto.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL determinar la incorporación de la propuesta --por su envergadura e interés-- al Régimen de Iniciativa Privada que establece el Decreto Nº 966/2005.

Que el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, es la Autoridad de Aplicación e interpretación del Decreto Nº 966/2005, conforme lo dispuesto en su Artículo 6º.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº 23.696, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 966 del 16 de agosto de 2005 y por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Declárase de Interés Público, en el marco del Régimen Nacional de Iniciativa Privada establecido por el Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005, el objeto de la propuesta presentada por las empresas CORPORACION AMERICA SOCIEDAD ANONIMA Y TECNICAGUA SOCIEDAD ANONIMA, consistente en el diseño, construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual traza del 'Ferrocarril Trasandino Central', en la Provincia de MENDOZA.

Art. 2º

Reconócense a las empresas CORPORACION AMERICA SOCIEDAD ANONIMA y TECNICAGUA SOCIEDAD ANONIMA, como autoras de la iniciativa privada referida en el artículo precedente, los derechos previstos en los Artículos 8º, 9º y 10 del Anexo I del Decreto Nº 966 de fecha 16 de agosto de 2005.

Art. 3º

Instrúyese al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a proseguir con el procedimiento de acuerdo al Artículo 6º del Anexo I del Decreto Nº 966/2005, determinando la modalidad de contratación que corresponda.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T. Massa. -- Carlos R. Fernández. -- Julio M. De Vido.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1409/2008

Desígnanse Subsecretario de Medios y Subsecretario de Comunicación Estratégica de la Secretaría de Medios.

Bs. As., 2/9/2008

VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Desígnase SUBSECRETARIO DE GESTION DE MEDIOS de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al Dr.

Juan José ROSS (DNI Nº 21.426.985).

Art. 2º

Desígnase SUBSECRETARIO DE COMUNICACION ESTRATEGICA de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al Señor Claudio Julio AMBROSINI (DNI Nº 13.656.599).

Art. 3º

Las designaciones efectuadas en los artículos 1º y 2º tendrán efectos a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER - Sergio T. Massa.

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Decreto 1397/2008

Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios. Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada. Modificación.

Bs. As., 2/9/2008

VISTO los Decretos Nros. 357 del 21 febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 624 del 21 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 78 del 20 de enero de 2000 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:

Que mediante la norma citada en primer término en el Visto, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, el que comprende, entre otros, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciendo sus competencias.

Que a través del Decreto Nº 624/03 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto Nº 78/00 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que una de las premisas del presente gobierno es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que, en consecuencia, es menester producir modificaciones en la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, en la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS y en la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; como así también en la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA de la NACION.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos de las mencionadas áreas y la consecuente modificación de la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA LA NACION, basada en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Que el Servicio Jurídico de la jurisdicción y la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete, expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios --Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada--, el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.

Art. 2º

Sustitúyese del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios --Objetivos--, el Apartado II, correspondiente a la SECRETARIA LEGALY TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con la planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º

Sustitúyese del Apartado XI del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios --Objetivos--, las parte pertinentes a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION y a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las que quedarán redactadas de conformidad con el detalle obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 4º

Modifícase el Anexo II del Decreto Nº 78/00 y sus modificatorios --Responsabilidad Primaria y Acciones-- con relación a la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS y a la DIRECCION DE SUMARIOS de la SECRETARIA LEGAL Y...

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