Decreto 2757/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación13 Febrero 2013
SecciónDecretos

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.527.049/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.728 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 abril de 2002, 1.421 del 8 de agosto de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios, y 2.098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 y su modificatorio, la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 11 y 110, respectivamente, del 8 de abril de 2011, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 99 del 27 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02 estableció que la asignación transitoria de funciones a que se refiere la medida citada en el considerando anterior comprende a aquellas que impliquen el ejercicio transitorio de un cargo superior y que genere una mayor erogación y su correspondiente compromiso presupuestario.

Que por el Decreto Nº 628/05 y su modificatorio y la Decisión Administrativa Nº 917/10 y su modificatoria, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 99 del 27 de enero de 2012, se aprobaron las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de departamento y división de la SECRETARIA DE TRABAJO de ese Ministerio, de acuerdo al Organigrama, Acciones y Dotación que como Anexos la, lb, Ic, Id, le, II y III, respectivamente, forman parte integrante de la mencionada resolución.

Que por la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nros. 11 y 110...

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