DECRETO 415 / 2021 DECRETO de 26 de Febrero de 2021
Fecha de Entrada en Vigor | 12 de Marzo de 2021 |
Fecha de la disposición | 26 de Febrero de 2021 |
Número de Boletín | 29936 |
Fecha de Publicación | 11 de Marzo de 2021 |
Número de documento | 80839 |
DECRETO N° 415/3 (SH), del 26/02/2021.
EXPEDIENTE N° 704/389-S-2019
VISTO el presente expediente mediante el cual se gestiona el pago de la suma liquidada en concepto de retroactividades post-sentencia por reajuste del haber previsional de la Sra. Hortensia Filomena Salazar, por aplicación del derecho a la movilidad reconocida judicialmente por sentencia N° 521 del 27/08/18, obrante a fs. 3/13; dictada en el Juicio: "Salazar, Hortensia Filomena C/Provincia de Tucumán S/Amparo - Expte. N° 695/17", por la Excma. Cámara Contencioso Administrativo -Sala I-, y
CONSIDERANDO:
Que la citada sentencia hace lugar a la acción de amparo deducida y ordena a la provincia a abonar a la actora del juicio, en su carácter de pensionada por fallecimiento del Sr. René E. Quinteros, las diferencias que no hubieran prescripto a la fecha de la demanda y a liquidarle mensualmente sus haberes jubilatorios acorde con los derechos de movilidad y porcentualidad que se le reconocen.
Que a foja 24, el área correspondiente de la Unidad de Control Previsional del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán adjunta planilla de liquidación de retroactividades post-sentencia en la suma de $226.054,07 (Cód. 140-556), por el período comprendido desde el 27/08/18 a mayo de 2019, incluidos los SAC. correspondientes.
Que a fojas 28 y 29, Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia se expiden verificando la razonabilidad del monto y no presentando objeción a la liquidación practicada, respectivamente.
Que en consecuencia resulta necesario dictar la medida administrativa tendiente al pago de las retroactividades post-sentencia de la Sra. Salazar, debiéndose aplicar lo dispuesto por Decreto N° 3596/3(S.H.) del 12/11/09 y su modificatorio Decreto N° 1115/3(M.E.) del 28/04/10.
Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto a foja 30 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 240 del 4 de febrero de 2020, adjunto a foja 32,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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