DECRETO 415 / 2021 DECRETO de 26 de Febrero de 2021

Fecha de Entrada en Vigor12 de Marzo de 2021
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2021
Número de Boletín29936
Fecha de Publicación11 de Marzo de 2021
Número de documento80839

DECRETO N° 415/3 (SH), del 26/02/2021.

EXPEDIENTE N° 704/389-S-2019

VISTO el presente expediente mediante el cual se gestiona el pago de la suma liquidada en concepto de retroactividades post-sentencia por reajuste del haber previsional de la Sra. Hortensia Filomena Salazar, por aplicación del derecho a la movilidad reconocida judicialmente por sentencia N° 521 del 27/08/18, obrante a fs. 3/13; dictada en el Juicio: "Salazar, Hortensia Filomena C/Provincia de Tucumán S/Amparo - Expte. N° 695/17", por la Excma. Cámara Contencioso Administrativo -Sala I-, y

CONSIDERANDO:

Que la citada sentencia hace lugar a la acción de amparo deducida y ordena a la provincia a abonar a la actora del juicio, en su carácter de pensionada por fallecimiento del Sr. René E. Quinteros, las diferencias que no hubieran prescripto a la fecha de la demanda y a liquidarle mensualmente sus haberes jubilatorios acorde con los derechos de movilidad y porcentualidad que se le reconocen.

Que a foja 24, el área correspondiente de la Unidad de Control Previsional del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán adjunta planilla de liquidación de retroactividades post-sentencia en la suma de $226.054,07 (Cód. 140-556), por el período comprendido desde el 27/08/18 a mayo de 2019, incluidos los SAC. correspondientes.

Que a fojas 28 y 29, Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia se expiden verificando la razonabilidad del monto y no presentando objeción a la liquidación practicada, respectivamente.

Que en consecuencia resulta necesario dictar la medida administrativa tendiente al pago de las retroactividades post-sentencia de la Sra. Salazar, debiéndose aplicar lo dispuesto por Decreto N° 3596/3(S.H.) del 12/11/09 y su modificatorio Decreto N° 1115/3(M.E.) del 28/04/10.

Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto a foja 30 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 240 del 4 de febrero de 2020, adjunto a foja 32,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Dispónese el pago de la suma de PESOS...

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