Decreto 1311/2008

Fecha de publicación12 Agosto 2008
Fecha de disposición12 Agosto 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31466

Exceptúase a la Secretaría de Medios de Comunicación de la obligatoriedad impuesta por el Decreto Nº 2219/71 y su modificatorio, con relación a la difusión de los Actos de Gobierno que se publiquen en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Bs. As., 11/8/2008

VISTO el Decreto Nº 2219 de fecha 6 de julio de 1971, modificado por el Decreto Nº 1638 de fecha 24 de marzo de 1972 y por el Decreto Nº 56 de fecha 10 de enero de 1975, y CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 56/75 se modificó el artículo 4º del Decreto Nº 2219/71.

Que el mismo impuso la obligatoriedad por parte de los organismos mencionados en el artículo 3º del Decreto Nº 2219/71 del uso del servicio publicitario creativo, arte y producción gráfica y audiovisual que actualmente presta TELAM S.E.

RESOLUCIONES Que razones de índole operativa aconsejan exceptuar de la citada obligatoriedad, a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con relación a la difusión de los Actos de Gobierno que se publiquen en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Exceptúase a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la obligatoriedad impuesta por el artículo 4º del Decreto Nº 2219/71, modificado por el Decreto Nº 56/75, con relación a la difusión de los Actos de...

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