DECRETO 414 / 2015 DECRETO SINTETIZADO de 3 de Marzo de 2015

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2015
Número de Boletín28476
Fecha de Publicación26 de Marzo de 2015
Número de documento44293

DECRETO N° 414/3 (ME), del 03/03/2015. Expte. N° 30/369-M-2015. --- ARTICULO 1°.- El presente Decreto será de aplicación para la distribución de los recursos nacionales indicados en el artículo 1° de la Ley N° 8.755, y los que en el futuro se asignen Nivel Nacional para el cumplimiento de las disposiciones del artículo 7° de la Ley Nacional N° 26.075, en concordancia con el artículo N° 9 de la Ley Nacional N° 26.206. La distribución se efectuará conforme a los siguientes criterios: 1. Determinación de un índice en función a la participación de la matrícula de la Provincia y de los Municipios en el total de los niveles inicial a superior no universitario de gestión estatal. 2. La matrícula a considerarse será la del ejercicio económico en curso. Hasta tanto el Ministerio de Educación de la Provincia provea la matrícula definitiva, se tomará en forma provisoria, es decir, sujeta a reajuste, la matrícula del ejercicio económico inmediato anterior. 3. El monto máximo a distribuir por cada municipio será el que surja de la aplicación del índice antes mencionado sobre los recursos efectivamente transferidos por la Nación, no pudiendo superar al de aplicarse los porcentajes establecidos por la Ley Provincial N° 6.316. ARTICULO 2°.- La distribución prevista en el presente Decreto, se efectuará en forma automática y diaria, sobre los fondos efectivamente remitidos por la Nación, por un monto que determinará la Secretaría de Estado de...

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