Decreto 407/2015

Fecha de la disposición16 de Marzo de 2015



SECRETARÍA GENERAL

Decreto 407/2015

Decretos N° 357/2002 y N° 648/2004. Modificación.

Bs. As., 16/3/2015

VISTO la Ley N° 27.008, y los Decretos Nros. 648 del 26 de mayo de 2004 y modificatorios, 561 del 3 de abril de 2008 y 146 del 10 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

Que mediante el Decreto N° 648/04 y modificatorios se aprobó, entre otras, la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y de la CASA MILITAR, creando asimismo la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE y la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE.

Que resulta prioritario conformar en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION un reajuste en su estructura que permita lograr una mayor eficiencia en el proceso de toma de decisiones, mejorando los tiempos de cumplimiento de las tareas asignadas, dinamizando los trámites a cumplir y optimizando los recursos existentes.

Que, asimismo, resulta necesario efectuar la adecuación presupuestaria correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de los artículos y 10 de la Ley N° 27.008.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Suprímense la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE y la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE, que fueran creadas por el artículo 8° del Decreto N° 648/04 y modificatorios.

Art. 2°

— Créase la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y POLITICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE, en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, incorporándose la misma al Anexo I —Organigrama de Aplicación— y al Anexo II —Objetivos— de los artículos y del Decreto N° 357/02 y sus modificatorios, como apartado IX, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3°

— Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la citada Coordinación, de acuerdo al Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, los que como Anexos I y II forman parte integrante del presente decreto.

Art. 4°...

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