Decreto 1794/2012

Fecha de disposición02 Octubre 2012
Fecha de publicación09 Octubre 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 2/10/2012

VISTO los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 115 del 21 de enero de 2010, 2.084 del 7 de diciembre de 2011 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias, entre las cuales se encuentran las correspondientes al MINISTERIO DE EDUCACION.

Que por los Decretos Nros. 115/10 y 2.084/11, entre otras disposiciones, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACION.

Que resulta necesario profundizar el rumbo de las políticas educativas de amplio alcance desarrolladas desde el MINISTERIO DE EDUCACION.

Que el desarrollo de la Educación es de importancia vital en el actual momento histórico de nuestro país resultando imprescindible dotar de las más amplias herramientas a los órganos competentes para que potencien las capacidades del sistema educativo.

Que en virtud de ello, resulta necesario efectuar una reformulación en la conformación y estructura orgánica de la SECRETARIA DE EDUCACION, incorporando en su órbita la SUBSECRETARIA DE ENLACES INSTITUCIONALES, lo que permitirá contribuir al desarrollo de los objetivos previstos para dicha Secretaría.

Que, asimismo, la mencionada incorporación permitirá coordinar y agilizar la implementación de las acciones asignadas a dicha área.

Que, dada la importancia que para el logro de los objetivos institucionales adquieren las actividades de comunicación y difusión, es preciso modificar el nivel de la Coordinación de Prensa y Difusión Institucional dependiente de la Unidad Ministro de dicha cartera, incorporando a la estructura organizativa la DIRECCION DE PRENSA Y DIFUSION INSTITUCIONAL.

Que en el mismo sentido, se hace necesario realizar una transformación de la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA, otorgándole el carácter de Dirección General, en virtud de la trascendencia que ha adquirido el desarrollo de la infraestructura escolar en todo el ámbito nacional.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

— Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XXI, correspondiente al MINISTERIO DE EDUCACION, el que quedará conformado de acuerdo al detalle obrante en la planilla que, como Anexo a este artículo, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2º

— Sustitúyese el Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Objetivos— en el Apartado XXI, los objetivos de la SECRETARIA DE EDUCACION e incorpóranse los objetivos de la SUBSECRETARIA DE ENLACES INSTITUCIONALES, ambas del MINISTERIO DE EDUCACION, de conformidad con el detalle obrante en la planilla que, como Anexo a este artículo, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3º

— Sustitúyense los Anexos la), lb) y Ic) al artículo 3º del Decreto Nº 115 del 21 de enero de 2010, por los que, con idéntica denominación, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 4º

— Incorpórase al Anexo II del artículo 3º del Decreto Nº 115 del 21 de enero de 2010, en la parte correspondiente a la Unidad Ministro del MINISTERIO DE EDUCACION, la...

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