DECRETO 3970 / 2016 DECRETO de 5 de Diciembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor15 de Diciembre de 2016
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2016
Número de Boletín28899
Fecha de Publicación14 de Diciembre de 2016
Número de documento57359

DECRETO N° 3.970/3 (SH), del 05/12/2016.

EXPEDIENTE N° 6.093/220-D-2016.

VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección de Relaciones Municipales de la Secretaría de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas Rurales gestiona la provisión de fondos para las municipalidades detalladas a fojas 2, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 8.829, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma legal autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir convenios de préstamos con las municipalidades, así como a otorgar asistencias financieras para ser destinadas a la atención de obligaciones salariales, realización de obras públicas, prestación de servicios y desarrollo de actividades culturales, deportivas y sociales.

Que los fondos gestionados serán destinados prioritariamente al pago de haberes de noviembre de 2016.

Que por Decreto N° 780/3(ME) del 18 de marzo de 2016 se faculta al Ministro de Economía a suscribir con las Municipalidades el Convenio Consensuado de Fondos Unificados.

Que asimismo los fondos cuya provisión se gestiona serán transferidos a través de las Cuentas Fiduciarias de las Municipalidades; en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía, a emitir los correspondientes Comprobantes de Anticipo de Fondos Extrapresupuestarios, según disposición Ley N° 8.825.

Que además la Contaduría General de la Provincia deberá registrar el neto resultante, tanto la puesta a disposición de fondos como las devoluciones por cualquier concepto, conforme lo establece la Ley N° 8.825.

Que la Dirección de Relaciones...

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