Decreto 397/2019

Fecha de publicación05 Junio 2019
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS
Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-36248714-APN-DGD#MHA y el Modelo de Contrato de Préstamo BID propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Apoyo a Reformas de Transparencia e Integridad en Argentina II”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (USD 200.000.000).

Que el objetivo del citado Programa es apoyar la ejecución de un programa de reformas políticas consistente en contribuir a la transparencia e integridad de la gestión pública mediante regulaciones y mecanismos que promuevan el acceso a la información.

Que para la ejecución del Programa se desarrollarán TRES (3) componentes: (I) Fortalecimiento del acceso a la información y del marco legal de la ética de los funcionarios públicos, (II) Fortalecimiento de la transparencia del uso de los recursos públicos y (III) Fortalecimiento de la transparencia financiera.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo BID, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Apoyo a Reformas de Transparencia e Integridad en Argentina II”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado préstamo.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA...

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