Decreto 1052/2008

Fecha de publicación01 Julio 2008
Fecha de disposición01 Julio 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31437

Dispónese la instalación y activación de un Sector de Defensa Aeroespacial en la Ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, a fin de cooperar con las medidas de seguridad a implementarse durante el desarrollo de la XXXV Reunión del Consejo del Mercado Común y Jefes de Estado del Mercosur.

Bs. As., 27/6/2008

VISTO lo dispuesto por el artículo 2º y concordantes de la Ley Nº 23.554 y por el Decreto Nº 9390 del 11 de octubre de 1963, lo propuesto por la Señora Ministra de Defensa, y CONSIDERANDO:

Que durante el mes de junio y julio del año en curso tendrá lugar la XXXV REUNION DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN Y JEFES DE ESTADO DEL MERCOSUR en la ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMAN, PROVINCIA DE TUCUMAN.

Que a la citada reunión concurrirán numerosas delegaciones de gobiernos extranjeros, encabezadas por sus respectivos Jefes de Estado.

Que ello impone la necesidad de adoptar especiales medidas para preservar los intereses vitales fijados por la Ley de Defensa Nacional.

Que, consecuentemente, resulta necesario el establecimiento de un Sector de Defensa Aeroespacial integrado por medios de la FUERZA AEREA ARGENTINA para el cabal cumplimiento de la misión que por el presente se establece.

Que el COMANDO OPERACIONAL, instancia operacional permanente del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, entiende en la dirección y coordinación de las actividades operacionales que realicen las Fuerzas Armadas en tiempo de paz, a fin de contribuir con el cumplimiento de las responsabilidades operativas conferidas al ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Que, asimismo, deviene imprescindible designar al Oficial Superior de la FUERZA AEREA ARGENTINA que conducirá el SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL.

Que resulta imprescindible también aprobar las Reglas de Empeñamiento que determinan los procedimientos a observar por el SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL para garantizar la seguridad defensiva en el aeroespacio correspondiente y que establecen las atribuciones y limitaciones a la libertad de acción en el empleo del instrumento militar, regulando la intensidad y modalidad en el uso de la fuerza ante las distintas situaciones que se presenten.

Que el Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA ha propuesto y el Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS elevado de conformidad al MINISTERIO DE DEFENSA las citadas...

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