Decreto 1033/2008

Fecha de la disposición 1 de Julio de 2008

Apruébase el Acuerdo de Solución Amistosa celebrado el 23 de agosto de 2007 con los Peticionarios en el caso Nº 12.298 del registro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Bs. As., 26/6/2008

VISTO el ACUERDO DE SOLUCION AMISTOSA de fecha 23 de agosto de 2007 firmado entre el Gobierno Nacional y los peticionarios en el marco del caso Nº 12.298 del registro de la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO:

Que la REPUBLICA ARGENTINA es Estado parte de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS la cual posee jerarquía Constitucional.

Que con fecha 28 de junio de 2000 la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) recibió una denuncia en contra de la REPUBLICA ARGENTINA en la cual se alegó la responsabilidad del Estado Argentino por los hechos acontecidos en la jurisdicción de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en perjuicio de Fernando Horacio GIOVANELLI.

Que los peticionarios sostuvieron que el Estado Argentino habría violado los artículos 4, 5, 7, 8 (1) y 25 respectivamente, en relación con el artículo 1.1.de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.

Que con fecha 22 de febrero de 2001, en el marco de su 110º período de sesiones ordinarias, la CIDH aprobó el Informe de Admisibilidad Nº 30/01, en el que concluyó que tiene competencia para conocer del caso en todos sus extremos y que resulta admisible, de conformidad con los artículos 46 y 47 de la mencionada Convención.

Que durante una reunión de trabajo celebrada en el contexto de la visita que una delegación de la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS realizó a la REPUBLICA ARGENTINA en agosto de 2002, el Estado Argentino, el Gobierno de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y los peticionarios convinieron en abrir un espacio de diálogo tendiente a explorar la posibilidad de una solución amistosa del caso.

Que desde entonces, se inició un proceso de diálogo entre las partes en cuyo marco se evaluaron distintas iniciativas relacionadas con la agenda de trabajo propuesta, llegándose finalmente a suscribir, con fecha 23 de agosto de 2007, un ACUERDO DE SOLUCION AMISTOSA en cuyo marco el Estado Argentino reconoció su responsabilidad internacional en el caso.

Que las partes convienen en constituir un Tribunal Arbitral 'ad-hoc', a efectos de que determine el monto de las reparaciones pecuniarias debidas a los peticionarios, conforme a los derechos cuya violación se ha tenido por reconocida, y de acuerdo con los estándares internacionales que sean aplicables.

Que se dejó constancia en el citado ACUERDO DE SOLUCION AMISTOSA que el mismo debía ser perfeccionado mediante su aprobación por Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el Representante Especial para Derechos Humanos en el Ambito Internacional, la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Subsecretaría de Coordinación y Cooperación Internacional y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y la Secretaría de Derechos Humanos del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS han tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase el ACUERDO DE SOLUCION AMISTOSA celebrado el 23 de agosto de 2007 entre el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA y los Peticionarios en el caso Nº 12.298 del registro de la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, el que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º -- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Jorge E.

Taiana. -- Aníbal D. Fernández.

ACUERDO DE SOLUCION AMISTOSA Las partes en el caso Nº 12.298 del registro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos --Fernando Horacio Giovanelli-- : Los peticionarios, Esther Ana Ramos de Giovanelli y Horacio José Giovanelli, y el Gobierno de la República Argentina, en su carácter de Estado parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en adelante 'La Convención', actuando por...

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