Decreto Nº 1257

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición20 de Julio de 2012

DECRETO Nº 1257

Mendoza, 20 de julio de 2012.

Visto el expediente N° 00810-M-12-01027, en el cual se solicita autorización para efectuar el llamado a Licitación Pública con motivo de la Contratación del Servicio de Control y Consumo de Combustible para el Parque de Movilidad de la Provincia de Mendoza, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Compras y Suministros del Ministerio de Hacienda y Finanzas ha sugerido la conveniencia de proceder al llamado a Licitación Pública a fin de contar con un sistema de control de consumo de combustible del parque automotor del Gobierno de la Provincia, atento a los buenos resultados obtenidos en el ámbito del Ministerio de Seguridad, en la Licitación Pública N° 1142/2011-907, tramitada en el expediente N° 01130-M-11-00106.

Que es necesario viabilizar y propender a la eficacia del gasto, razón por la cual resulta conveniente la contratación de un sistema que permita controlar el consumo de combustibles a fin de optimizar y eficientizar los recursos económicos de la Provincia.

Que con el objetivo de lograr un equilibrio fiscal a través de la correspondencia entre recursos y gastos del Estado Provincial se procedió al dictado del Decreto-Acuerdo N° 1/12, prorrogado por Decreto Acuerdo N° 868/12.

Que el llamado a licitación pública que se solicita en las presentes actuaciones, se inserta en dicho objetivo, en virtud de que permite lograr con alto grado de probabilidad un importante ahorro en el consumo de combustible, lo que necesariamente repercutirá en un gasto más eficiente.

Que a fs. 2/6 y vta. del expediente N° 00810-M-12-01027, obra el Pliego de Condiciones Particulares, que regirá el llamado a Licitación que se propicia.

Que lo solicitado se encuadra en las disposiciones del Artículo 28 de la Ley N° 3799 y sus modificatorias.

Que dado que la contratación que se propicia afecta presupuesto de ejercicios futuros, dicho servicio debe considerarse en las excepciones del Artículo 17, inciso b) de la Ley N° 3799 y sus modificatorias.

Por ello, de acuerdo con lo establecido por el Decreto-Acuerdo N° 2747/09, atento lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda y Finanzas a fs. 27 y vta. y habiéndose efectuado la imputación preventiva del gasto a fs. 29, todas del expediente N° 00810-M-12-01027,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2º

Apruébese el Pliego de Condiciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR