Decreto 1198/2012

Fecha de disposición17 Julio 2012
Fecha de publicación19 Julio 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 17/7/2012

VISTO el Expediente Nº 212530/12 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, sus modificaciones, normas reglamentarias y complementarias, y los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, Nº 405 de fecha 13 de abril de 1998, Nº 1576 de fecha 30 de diciembre de 1998, Nº 1305 de fecha 22 de diciembre de 2003, Nº 53 de fecha 15 de enero de 1998, Nº 1547 de fecha 6 de noviembre de 2007 y Nº 366 de fecha 12 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, Organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del hoy MINISTERIO DE SALUD, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera y en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que a través del dictado del Decreto Nº 405/98 se aprobó la estructura orgánico-funcional de transición de dicho organismo, la que fue definitivamente aprobada con el Decreto Nº 1576/98, cuyo organigrama se encuentra descripto en el Anexo I de la referida norma, luego modificada por los Decretos Nros. 1305/03 y 1547/07.

Que el citado Organismo se constituyó como consecuencia de la fusión de TRES (3) organismos en jurisdicción del hoy MINISTERIO DE SALUD, el INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES, la DIRECCION NACIONAL DE OBRAS SOCIALES y la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD, con la finalidad de permitir un correcto desenvolvimiento del Sistema Nacional del Seguro de Salud, ya que algunos contenían objetivos, competencias, funciones y responsabilidades superpuestas.

Que en oportunidad de su constitución, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD conservó los objetivos, competencias, funciones y responsabilidades de la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD (ANSSAL) uno de los tres organismos fusionados, a excepción de la competencia relativa a la atención de los Programas Especiales financiados de acuerdo con el artículo 24, apartado 4, inciso b), de la Ley Nº 23.661 que se transfirió a la Dirección de Programas Especiales, la que por Decreto Nº 53/98 fue reemplazada por la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, creada a tales...

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