Decreto Nº 700

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2012

DECRETO Nº 700

Mendoza, 2 de mayo de 2012.

Visto el expediente N° 00221-S-11-01029, agregada carátula N° 78.224-R-03-00240 en el cual la señora Olivia Pascua Sánchez solicita el beneficio de Pensión para sí e hijo menor por su esposo fallecido, Don José Miguel Rodríguez; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 16 de noviembre de 2010, según Acta de Defunción, que en fotocopia se agrega a fs. 100 del expediente de referencia, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Decreto N° 1274/05, obrante a fs. 70/71 del mismo expediente, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con el Acta de Matrimonio y el del menor con el Acta de Nacimiento, que en fotocopias rolan a fs. 101 y vta. y 103 y vta., respectivamente del expediente de referencia.

Que a fs. 106 del expediente N° 00221-S-11-01029, obran las renuncias de los herederos a favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, encontrándose a fs. 114 del mismo expediente, la constancia de la publicación de los edictos citatorios de Ley.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 117 y 118, respectivamente, del expediente N° 00221-S-11-01029, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Olivia Pascua Sánchez, en concurrencia con su hijo menor Nicolás Luciano Rodríguez, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 102 de la Ley Nacional N° 21.965, conforme la adecuación al Régimen de Retiros de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, acordada por Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, ratificada por Decreto Nacional N° 1627/07 y Decreto Provincial N° 779/07.

Que según lo establece la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 143/144 del expediente N° 00221-S-11-01029, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 145 del mismo obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por...

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