Decreto 1092/2012

Fecha de disposición05 Julio 2012
Fecha de publicación13 Julio 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 5/7/2012

VISTO el Expediente Nº 1409/2012 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado mediante la Ley Nº 26.728 y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 establece que las Jurisdicciones y Entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL no podrán cubrir cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 10 de la citada Ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que mediante el Expediente citado en el Visto se solicita la designación transitoria del Doctor D. Federico Sebastián YULITA como Coordinador de Despacho dependiente de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas, Atención al Público y Archivo de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA en el ámbito de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que conforme a la urgencia de las tareas a desarrollar y el alto nivel de responsabilidad inherente al mencionado cargo, resulta necesario disponer la cobertura con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel, establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo como excepción a lo previsto en el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha dictaminado manifestando que no existen objeciones legales que formular para el dictado del presente decreto.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES...

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