Decreto 901/2012

Fecha de disposición07 Junio 2012
Fecha de publicación18 Junio 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 7/6/2012

VISTO el Expediente N° 9541/2012 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y 2085 de fecha 7 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 2085/11 se aprobaron los objetivos de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES y sus Subsecretarías dependientes, entre otras.

Que una de las premisas del presente gobierno es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos tendiente a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que por tal motivo, resulta procedente adecuar la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES, dependiente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, ajustados a criterios de racionalidad y eficiencia para llevar adelante los objetivos planteados.

Que la Oficina Nacional de Innovación de Gestión de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Apruébase la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexos la, lb, lc, Id, y II forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas correspondientes a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M. Timerman.

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO Ic

ANEXO Id

ANEXO II

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA LATINOAMERICANA Y MERCOSUR

DIRECCION NACIONAL DE INTEGRACION ECONOMICA LATINOAMERICANA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Formular y ejecutar políticas y cursos de acción para fortalecer la integración económica bilateral y multilateral a nivel regional y subregional con los países de Latinoamérica y el Caribe, exceptuando a los Estados Miembros del MERCOSUR.

Participar en las negociaciones económicas bilaterales y multilaterales a nivel regional y subregional.

ACCIONES:

  1. Coordinar la participación de la REPUBLICA ARGENTINA en las negociaciones económicas bilaterales y multilaterales con los países de América Latina y el Caribe, a excepción del MERCOSUR y sus Estados Miembros, en coordinación con las dependencias nacionales con competencia en los aspectos comerciales, financieros, de inversiones, tributarios, productivos y sectoriales, de transporte internacional, tecnológicos y de infraestructura, entre otros.

  2. Formular y proponer políticas que promuevan el desarrollo y la integración económica a nivel bilateral y multilateral, en coordinación con las dependencias nacionales competentes.

  3. Contribuir con la identificación de oportunidades y la propuesta de políticas tendientes a la apertura y el desarrollo de nuevos mercados para la oferta exportable argentina.

  4. Participar en las reuniones económicas multilaterales que se desarrollen en los organismos regionales, en las negociaciones económicas con las misiones enviadas por organizaciones multilaterales regionales y subregionales a la REPUBLICA ARGENTINA, y en la formulación de las directivas e instrucciones.

  5. Participar en los procesos de negociación y aprobación de los instrumentos que materialicen acuerdos, relacionados con los países y organismos de América Latina y el Caribe.

  6. Instruir a las Representaciones de la REPUBLICA ARGENTINA y Delegaciones oficiales en los temas y ámbitos de su competencia.

    DIRECCION DE RELACIONES ECONOMICAS BILATERALES PARA LATINOAMERICA Y EL CARIBE

    ACCIONES:

  7. Contribuir en la ejecución de políticas, programas y planes de acción de carácter económico para el desarrollo, la integración económica y la apertura de nuevos mercados, en relación con los países y Organismos de América Latina y el Caribe, excluyendo los países del MERCOSUR.

  8. Proponer y organizar las reuniones económicas bilaterales, en particular Comisionas Mixtas, Grupos de Complementación Económica, Misiones Técnicas y otros foros de diálogo y seguimiento económico, que se desarrollen en el país y en el exterior, en coordinación con las dependencias nacionales competentes.

  9. Asesorar en los procesos de negociación y aprobación de los instrumentos que materialicen acuerdos como los de carácter interinstitucionales en temas comerciales, financieros, de inversiones, tributarios, productivos y sectoriales, de transporte internacional, tecnológicos y de infraestructura, entre otros.

  10. Participar en la elaboración del plan de acción para las Representaciones de la REPUBLICA ARGENTINA, responder a sus requerimientos y supervisar el cumplimiento de los objetivos propuestos a dichas representaciones.

  11. Supervisar la tramitación de certificados sanitarios, fitosanitarios y otros que tengan por objeto facilitar el acceso a nuevos mercados para productos argentinos ante las autoridades extranjeras competentes.

    DIRECCION NACIONAL DE MERCOSUR

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

    Participar en las negociaciones multilaterales y bilaterales de la REPUBLICA ARGENTINA en materia de integración económica con los Estados Miembros del MERCOSUR o con aquellos países en proceso de incorporación.

    Realizar tareas de coordinación y/o seguimiento de los Subgrupos de Trabajo, Comités Técnicos, Reuniones Especializadas y Reuniones de Ministros a nivel regional y nacional.

    ACCIONES:

  12. Representar a la REPUBLICA ARGENTINA en los órganos del MERCOSUR y en las negociaciones de los Subgrupos de Trabajo, Comités Técnicos y Reuniones Especializadas, con el fin de profundizar el proceso de integración regional.

  13. Coordinar con las áreas competentes del Gobierno Nacional la posición de la REPUBLICA ARGENTINA en los distintos temas de negociación, así como el seguimiento de la implementación interna de las medidas acordadas en el ámbito del MERCOSUR.

  14. Participar en las negociaciones económicas bilaterales con los demás Estados Miembros del MERCOSUR o con aquellos países en proceso de incorporación, en la negociación y aprobación de acuerdos.

  15. Coordinar con las dependencias nacionales competentes la posición argentina respecto de la vinculación del MERCOSUR con otros países, bloques regionales y subregionales y organismos internacionales.

    DIRECCION DE ASUNTOS ECONOMICOS DEL MERCOSUR

    ACCIONES:

  16. Ejecutar cursos de acción que impulsen las políticas de la REPUBLICA ARGENTINA en materia de integración económica en el ámbito del MERCOSUR, participando en las negociaciones económicas con los Estados Miembros o con aquellos países en proceso de incorporación.

  17. Coordinar y/o efectuar el seguimiento de las tareas de los Subgrupos de Trabajo, Comités Técnicos, Reuniones Especializadas y Reuniones de Ministros en forma conjunta con otras áreas del Gobierno Nacional.

  18. Participar en las negociaciones económicas bilaterales con los demás Estados Miembros del MERCOSUR y con aquellos países en proceso de incorporación.

  19. Participar en las negociaciones económicas bilaterales del MERCOSUR con otros países, bloques regionales y subregionales u organismos internacionales.

    DIRECCION DE ASUNTOS INSTITUCIONALES DEL MERCOSUR

    ACCIONES:

  20. Participar en los procesos de negociación y aprobación de los instrumentos que materialicen los Acuerdos, Protocolos, Convenios y otros instrumentos internacionales, en el ámbito del MERCOSUR.

  21. Proponer e instrumentar los programas destinados al fortalecimiento de la integración institucional con los Estados Miembros del MERCOSUR y con aquellos países en proceso de incorporación.

  22. Coordinar las negociaciones de los Subgrupos de Trabajo, Comités Técnicos y Reuniones Especializadas, con las dependencias nacionales competentes.

  23. Asistir en el desarrollo de las políticas institucionales del MERCOSUR con otros países, bloques regionales y subregionales y organismos internacionales.

  24. Efectuar el seguimiento y actualización de la incorporación y aplicación de la normativa relacionada con el MERCOSUR al ordenamiento jurídico interno nacional.

  25. Asesorar en los temas relativos al ordenamiento jurídico y al funcionamiento del sistema de solución de controversias del MERCOSUR, incluyendo lo relativo a la participación de la REPUBLICA ARGENTINA en controversias específicas.

    SUBSECRETARIA DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

    DIRECCION...

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