DECRETO 3807 / 2018 DECRETO de 8 de Noviembre de 2018

Fecha de Entrada en Vigor22 de Noviembre de 2018
Fecha de la disposición 8 de Noviembre de 2018
Número de Boletín29377
Fecha de Publicación21 de Noviembre de 2018
Número de documento69362

DECRETO N° 3.807/7 (MS), del 08/11/2018.-

EXPEDIENTE N° 1201/700-P-2018.

VISTO que por las presentes actuaciones se tramita la convalidación del Convenio Marco de Colaboración, el Acta Complementaria n° 1 y sus anexos I, II, III y IV, celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Tucumán, firmado el 01 de agosto de 2018; y CONSIDERANDO:

Que el Convenio Marco de Colaboración (fs. 02-16) tiende a establecer mecanismos que promuevan, faciliten y fortalezcan el acceso a la justicia por parte de la ciudadanía, especialmente de los sectores socieconómicamente vulnerables y zonas postergadas. Asimismo el Acta n° 1 tiene como finalidad implementar acciones conjuntas, y coordinadas para la aplicación de un sistema de dispositivos duales de supervisión, monitoreo y rastreo de agresores y víctimas de violencia doméstica, a fin de poder erradicar y sancionar toda discriminación y violencia en contra de las mujeres, en cualquiera de sus manifestaciones.

Que la cláusula primera del Convenio Marco dispone que el objeto es establecer acciones conjuntas y coordinadas entre las partes a fin de implementar actividades, proyectos en conjunto, labores e intercambio de información.

Que la cláusula segunda establece que las acciones y proyectos que se implementen se instrumentarán mediante actas complementarias, que establecerán los objetivos, planes de trabajo, los recursos humanos y técnicos que el plan o proyecto requiera.

Que la cláusula tercera prevé que las partes mantendrán la individualidad y la autonomía de sus respectivas estructuras técnicas, académicas y administrativas.

Que la cláusula cuarta establece que a los efectos de coordinar y supervisar las actividades, las partes acuerdan la creación de una unidad de coordinación, integrada por un representante de cada una de ellas.

Que la cláusula quinta dispone que el Convenio Marco no limita el derecho de las partes a la formalización de convenios similares con otras instituciones, organismos, empresas oficiales o privadas, interesadas en fines análogos.

Que la cláusula sexta establece que el Convenio Marco...

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