Decreto 648/2008

Fecha de disposición17 Abril 2008
Fecha de publicación17 Abril 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31386

Dase por designado Gerente General.

Bs. As., 15/4/2008

VISTO el expediente Nº 024-99-81155195-1-796 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nº 26.198 y Nº 26.337 y el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:

Que el Director Ejecutivo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, solicita la designación del Dr. D. Miguel Angel de VIRGILIIS, desde el 26 de diciembre de 2007, para desempeñarse en el cargo de Gerente General de dicho Organismo, asignándole la categoría de revista correspondiente al nivel G-02 de esa Administración Nacional, en el marco de la escala retributiva para el personal extraconvencionado de conducción superior establecida en el Decreto Nº 1129/97.

Que fundamenta tal petición, en que el precitado profesional reúne los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para el cumplimiento de las funciones encomendadas.

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 11 de la Ley citada se establece que las facultades otorgadas por dicha Ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del País y en función de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 10, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración Pública Nacional, reasumió el control directo e inmediato de todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, que se efectúen en dicho ámbito.

Que dicha cobertura se realiza exceptuándola de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.198 y sus modificatorias.

Que el cargo de que se trata se encuentra actualmente vacante y debidamente financiado en el Presupuesto Operativo asignado a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la...

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