DECRETO 3732 / 2022 DECRETO / 2022-11-03
Fecha de publicación | 24 Noviembre 2022 |
Fecha | 03 Noviembre 2022 |
Número de Gaceta | 30.356 |
Sección | Sección Legislación y Normativa Provincial |
DECRETO N° 3.732/1 (FE), del 03/11/2022.
EXPEDIENTE N° 347/170-DJ-21 y Agreg.-
VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la expropiación de dos inmuebles ubicados en la ciudad de Famaillá, Departamento Famaillá, identificados con los Padrones N° 277.792 y N° 278.010, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 9.397 (fs. 2) se declara de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles mencionados en el visto y se autoriza al Poder Ejecutivo a transferirlos a la Municipalidad de Famaillá, para ser destinados a la utilización y funcionamiento de la Hostería Municipal de la ciudad de Famaillá.
Que a fs. 4 la Dirección General de Catastro adjunta el Plano de Mensura para Expropiación N° 83.233/21 confeccionado a los fines del presente trámite.
Que a fs. 9/10 consta el Estudio de Título realizado por la Escribanía de Gobierno en el que indica que los inmuebles se encuentran inscriptos en la Matrícula Registral F-2279 a nombre "Zelaya Luis Armando, Zelaya Raúl Gustavo y Zelaya Jorge César".
Que a fs. 43/44 se agrega copia del Decreto N° 3.005/3 (ME)-21 por el cual el Poder Ejecutivo autorizó a la Fiscalía de Estado a iniciar el procedimiento administrativo expropiatorio.
Que a fs. 49/51 obra presentación del 18 de febrero de 2022 mediante la cual los señores Luis Armando Zelaya, Raúl Gustavo Zelaya y Jorge César Zelaya rechazan parcialmente la expropiación. Solicitan, además, la revisión del valor indemnizatorio determinado. Con posterioridad a ello, el señor Jorge Cesar Zelaya presenta informe de tasación privada con valores muy superiores (fs. 60/68).
Que a fs. 72/74 la Comisión de Tasaciones emite su dictamen mediante Acta N° 3.944 del 16 de junio de 2022. Luego de analizar la presentación de los señores Zelaya y señalar las inconsistencias del método de cálculo utilizado por el perito de parte, actualiza los valores determinados en el Acta N° 3.916, fijando en la suma de $ 60.690.681.-, al mes de febrero 2022, el monto total de la indemnización a abonar por la expropiación de 12ha. 7902,2692 m2 de superficie y edificación identificada en el Plano de Mensura N° 83.233/21.
Que a fs.76 los señores Jorge Cesar Zelaya y Raúl Gustavo Zelaya rechazan la expropiación y los valores determinados en el Acta N° 3.944.
Que a fs. 77 la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado señala que dos condóminos rechazaron lo resuelto por la Comisión de Tasación en Acta N° 3.944 y que el tercer condómino falleció. Considera que se debe declarar el fracaso del...
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