Decreto 526/2008

Fecha de disposición04 Abril 2008
Fecha de publicación04 Abril 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31377

Recházase un reclamo deducido contra una calificación discernida por la Junta de Calificación de Oficiales - año 2006.

Bs. As., 31/3/2008

VISTO el expediente Nº 1044/07 del registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y CONSIDERANDO:

Que el Coronel de Caballería D. Abel Raúl CATUI cumple con las exigencias previstas en el artículo 76, inciso 1º, apartado a), de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101, para pasar a situación de retiro.

Que, respecto de la clasificación de 'PROPUESTO PARA PRODUCIR VACANTES', el causante formuló reclamo el 21 de mayo de 2007 en los términos de los artículos 291 y 295 de la Reglamentación para el Ejército de la Ley para el Personal Militar, Tomo II - 'Reclutamientos y Ascensos' (v. fs. 7/11).

Que, en consecuencia, tomó intervención la Junta Superior de Calificación de Oficiales, que consideró no hacer lugar al reclamo, por la siguiente causa: 'El orden de mérito obtenido en la consideración realizada por la respectiva Junta de Calificación, es consecuencia de la evaluación efectuada por las distintas instancias asesoras que la integra, y la clasificación asignada está directamente vinculada con aquél, no aportando el causante elementos de juicio suficientes para modificar lo actuado por la Junta de Calificación de Oficiales del año 2006' (v. fs. 18/19 refoliadas).

Que la referida propuesta fue aprobada por el Jefe del Estado Mayor General del Ejército el 26 de julio de 2007 (v. fs. 20 refoliada).

Que los argumentos esgrimidos por el peticionante para sustentar el reclamo promovido no logran conmover lo resuelto por el Jefe de la Fuerza.

Que, a poco que se repare en los términos del reclamo incoado, se advierte que éste está integrado por manifestaciones dogmáticas de disconformidad a lo resuelto por esa autoridad.

Que el reclamante fue evaluado por la Junta de Calificación, que constituye el órgano técnico por excelencia y que se encuentra investido con la competencia para fijar el orden de mérito de aquellos Oficiales que sean sometidos a su consideración, y proponer su ascenso o eliminación, de acuerdo con las vacantes que anualmente fija el Jefe del Estado Mayor General del Ejército.

Que, asimismo, los dictámenes elaborados por las Juntas de Calificaciones remiten, por regla general, a lo que se ha dado en denominar valoraciones o apreciaciones 'de conjunto', expresión con la cual se quiere aludir a la evaluación global...

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