Decreto 494/2012

Fecha de disposición10 Abril 2012
Fecha de publicación11 Abril 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 10/4/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0113069/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Conjunta Nº 543 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y Nº 251 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 28 de noviembre de 2003 creó el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP).

Que por el artículo 4º del Decreto Nº 1488 de fecha 26 de octubre de 2004 se dio por prorrogado el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP).

Que por el artículo 10 del Decreto Nº 564 de fecha 1º de junio de 2005 se facultó “... a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a fin de dar continuidad a lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Nº 1488/2004, a determinar los beneficiarios del REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP) con posterioridad al plazo dispuesto por el mencionado decreto, las acreencias que los mismos percibirán, las condiciones para acceder y mantener las referidas acreencias, y el procedimiento para el pago, disposición de fondos y su fiscalización”.

Que el decreto citado en el considerando precedente fue complementado por el Decreto Nº 678 de fecha 30 de mayo de 2006, por medio del cual se procedió a sustituir el artículo 5º del Decreto Nº 652 de fecha 19 de abril de 2002 y su modificatorio, estableciéndose que el SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT), establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 1377/2001, incluirá el SISTEMA VIAL INTEGRADO (SISVIAL), el SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE TERRESTRE (SITRANS), el SISTEMA DE COMPENSACIONES AL TRANSPORTE (SISCOTA) y el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP).

Que por el artículo 4º del Decreto Nº 449 de fecha 18 de marzo de 2008, se facultó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a destinar los fondos del Presupuesto Nacional, para que se transfieran al fideicomiso creado por el artículo 12 del Decreto Nº 976 de fecha 31 de julio de 2001, ratificado por los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 26.028, como fuente complementaria de financiamiento, al pago de las obligaciones del REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP).

Que por su parte, la Ley Nº 24.653 tiene como objeto obtener un sistema de transporte automotor de cargas que proporcione un servicio eficiente y económico, con la capacidad necesaria para satisfacer la demanda del mercado.

Que en la actual coyuntura resulta conveniente que el apoyo del ESTADO NACIONAL al sistema de transporte de cargas a través del REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP) se sustituya por un nuevo programa para mejorar la flota de vehículos con el objetivo de incrementar la eficiencia, mejorar la competitividad sectorial, bajar los costos de logística y disminuir el impacto ambiental de la actividad del transporte de cargas.

Que resulta necesario dejar sin efecto el REGIMEN DE FOMENTO DE LA...

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