DECRETO 3642 / 2022 DECRETO / 2022-10-27

Fecha de publicación10 Noviembre 2022
Fecha27 Octubre 2022
Número de Gaceta30.347
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 3.642/8 (MOySP), del 27/10/2022.
EXPEDIENTE N° 49/861-S-2022.-
VISTO, el Decreto N° 242/2022 de fecha 05 de Mayo de 2022, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, y su Anexo I de "Régimen de Contravenciones y Sanciones por Faltas cometidas a la Ley N° 24.449 de Transito y Anexo N° if-2022-38253752-APN-MTR, de "Contenidos Mínimos de Cursos para Recupero Parcial y Total de Puntos", y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 01/03 el Secretario de Estado de Transporte y Seguridad Vial solicita la adhesión al Decreto Nacional citado fundamentando en que el mencionado instrumento reemplaza al Decreto N° 437/2011, y que modifica el actual Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir ("SCORING"), e incorpora los contenidos mínimos que debe contemplarse en los cursos de recupero parcial y total de puntos. Finalmente, invita a los Gobiernos provinciales a adherir a sus términos.
Que el citado Secretario de Estado estima que la medida implica un avance institucional y una herramienta gubernamental cuyo objetivo es reducir la tasa de siniestralidad vial, con un criterio de uniformidad y armonización normativa.
Que asimismo, el mencionado funcionario advierte que la Ley Provincial N° 8.848 de "Alcohol Cero" establece la prohibición, en todo el territorio de la Provincia, de conducir cualquier tipo de vehículos, habiendo consumido bebidas alcohólicas en cualquier cantidad, por lo que, en caso de adherir, deberá formularse la pertinente reserva normativa respecto a la sanción pecuniaria (medida en UF) y no asi en relación al descuento de puntos de la Licencia Nacional de Conducir que determina el artículo 67 del Decreto N° 242/2022 Anexo I (reglamentario del artículo 48 inciso a) punto 2) de la Ley N° 24.449).
Que a fs. 04 la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) considera de gran importancia la adhesión de las provincias y sus municipios al mencionado decreto, a fin de asegurar su efectividad en el menor tiempo posible.
Que a fs. 33...

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