Decreto 330/2008

Fecha de disposición05 Marzo 2008
Fecha de publicación05 Marzo 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31359

Designación de carácter transitorio, en el ámbito de la Dirección Nacional de Acción Federal e Industrias Culturales.

Bs. As., 28/2/2008

VISTO el expediente Nº 6402/07 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Nº 26.198, los Decretos Nº 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y Nº 1058 de fecha 19 de junio de 2002, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que el Decreto Nº 1058/02 aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, creando, entre otras, la DIRECCION NACIONAL DE ACCION FEDERAL E INDUSTRIAS CULTURALES, de la que depende el MERCADO DE ARTESANIAS TRADICIONALES ARGENTINAS (MATRA).

Que, encontrándose vacante el cargo de Director del MERCADO DE ARTESANIAS TRADICIONALES ARGENTINAS (MATRA), resulta indispensable proceder a su cobertura, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la jurisdicción, conforme lo ha requerido la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el licenciado Pablo Rafael BONAPARTE reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo de DIRECTOR del MERCADO DE ARTESANIAS TRADICIONALES ARGENTINAS (MATRA).

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), como así también al artículo 7 de la Ley Nº 26.198, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a partir de la fecha de la designación.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS del organismo de origen.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION...

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