Decreto 309/2008

Fecha de disposición29 Febrero 2008
Fecha de publicación29 Febrero 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31356

Designación con carácter transitorio en el ámbito de la Unidad de Auditoría Interna.

Bs. As., 26/2/2008

VISTO la Ley 26.337, los Decretos Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), y Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y lo solicitado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.337 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que, en el ámbito de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se encuentra vacante el cargo de Auditor Adjunto de Estrategias de Intervención Territorial, que resulta indispensable cubrir transitoriamente con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la jurisdicción.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos III,

Capítulo III y VI artículo 71, 1º párrafo, 1º parte del Anexo I del Decreto Nº 993/1991 (t.o. Artículo 1

1995), y por el término de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de la designación transitoria de su titular.

Que la Licenciada Patricia Mónica PEIRANO (D.N.I. Nº 13.368.188) reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el referido cargo.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Juridicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1º y 7º de la CONSTITUCION NACIONAL, el articulo 1º del Decreto Nº 491/02, y los artículos y 10º de la Ley N° 26.337.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION...

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